
A partir del 1 de junio de 2026, los contribuyentes que se inscriban en el RUC por primera vez bajo el Régimen MYPE Tributario, Régimen Especial o Régimen General del Impuesto a la Renta, así como quienes dejen el Nuevo RUS, deberán emitir comprobantes electrónicos y llevar sus registros contables a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) desde el primer día de su inscripción o desde el primer mes tras salir del RUS.
Así lo informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), que dispuso adelantar la exigencia de uso del SIRE y de emisión electrónica respecto del régimen anterior. Sin embargo, existirá una ventana no sancionativa: hasta el día 30 de junio, no se aplicarán sanciones administrativas por errores, omisiones o atrasos en el uso de este sistema.
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¿Qué es el SIRE?
El SIRE es una plataforma digital para que los contribuyentes registren electrónicamente el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, reemplazando antiguos libros físicos o electrónicos tradicionales.
Su objetivo es simplificar el cumplimiento tributario, mejorar la trazabilidad de las operaciones y facilitar el control fiscal, ya que la información queda disponible en línea para la SUNAT.

Sin embargo, la implementación obligatoria del SIRE ha sufrido varias postergaciones debido a los retos técnicos y operativos que enfrentan tanto los contribuyentes como la propia administración tributaria.
SUNAT ha extendido los plazos para los principales contribuyentes (PRICOS) y para los regímenes MYPE, Especial y General, y ha otorgado periodos de gracia sin sanciones para que los contribuyentes puedan adaptarse y corregir errores.
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Además, se ha permitido realizar ajustes posteriores a los registros, incluso con un alto número de rectificaciones por periodo, reflejando la complejidad y la necesidad de flexibilidad en la transición hacia la digitalización total.
Adelanto en la exigencia electrónica y periodo de adaptación
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000075-2026/SUNAT, la nueva normativa acorta plazos y busca que la digitalización sea inmediata para los nuevos contribuyentes y quienes migran del RUS.
Antes, la obligación de emitir comprobantes electrónicos y llevar el SIRE se activaba desde el tercer mes de inscripción en el RUC, o incluso hasta el año siguiente en el caso de quienes dejaban el RUS.
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Ahora, la obligación es automática desde el inicio de actividades o desde el primer mes tras abandonar el régimen simplificado, lo que representa una reducción significativa en los tiempos de adaptación.
La medida responde a la estrategia de SUNAT de masificar la facturación electrónica y el registro digital, facilitando el control y la fiscalización tributaria. El cambio implica que tanto empresas como personas naturales deberán adecuar sus sistemas y procesos desde el primer día, integrándose de inmediato al circuito electrónico tributario nacional.

SIRE: ventana sin sanciones para facilitar la transición
Durante este periodo de gracia, los contribuyentes podrán regularizar sus registros, corregir errores y adaptar sus procesos al SIRE sin temor a multas.
La disposición incluye infracciones como llevar libros de forma incorrecta o no registrar comprobantes en los plazos máximos, según lo establecido en el Código Tributario. SUNAT continuará con acciones de orientación, promoviendo la formalización y el cumplimiento, pero priorizando la asistencia y la flexibilidad en la etapa inicial de implementación.
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La administración tributaria señala que el objetivo es acompañar a los contribuyentes en este proceso de adaptación tecnológica, consolidando la digitalización de los servicios y el control fiscal en el país, pero asegurando que la transición se realice de manera ordenada y sin presiones.
¿SUNAT por fin pondrá mano dura?
El tributarista Rafo Inurritegui cuestiona la extensión del plazo para regularizar inconsistencias en el SIRE sin sanción, señalando que la medida, lejos de ser una flexibilización real, evidencia la fragilidad del sistema y la dependencia creciente de la SUNAT en su propia discrecionalidad para hacerlo viable.
Advierte que la infracción solo queda “en pausa” y que, si no se corrige antes del 30 de junio de 2026, la sanción se reactiva con toda su fuerza, lo que genera incertidumbre y envía mensajes contradictorios: se exige precisión absoluta, pero se otorgan prórrogas porque la exigencia resulta inviable en la práctica.
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Para Inurritegui, esto incentiva la informalidad y expone a los contribuyentes no solo a multas, sino a perder crédito fiscal y deducciones, poniendo en duda si el sistema realmente acompaña la realidad del contribuyente.
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