
Ya empezaron la discusiones en el marco de la negociación colectiva para definir nuevas mejoras laborales del convenio colectivo centralizado 2026-2027 del sector público: de un lado, está el Estado peruano, representado por la Presidencia del Consejo de Ministros y casi veinte representantes más del Gobierno; y el del otro, están los representantes de los sindicatos de de trabajadores del sector público.
Lo que está en juego esta vez es, entre varias otras decenas de medidas, el aumento de S/700 que piden los empleados estatales, el cual iría para todos los regímenes públicos, sin excepción. Se trata de un incremento de sueldo general, que también iría de la mano con la definición de un sueldo mínimo de S/3.500 en el Estado.
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Todo depende de la negociación entre el Estado y los gremios, el monto podría quedarse tal cual si el Gobierno no cede y no contrapropone y solo acepta el pedido; o podría bajar de monto, si tiene este tiene otra propuesta y pide a los gremios conceder un monto medio entre ambas. De acordarse esta y otras medidas, en su gran mayoría, empezarían a aplicarse para enero de 2027.
Aumento de S/700
“El Gobierno conviene con la representación sindical, el incremento de remuneraciones, ascendente a la suma de S/700,00 mensuales, efectivo a partir de 1 de enero de 2027, a favor de los servidores de todos los regímenes laborales de los trabajadores del sector público”, señala el texto al que accedió en su momento Infobae Perú en exclusiva.
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Esto significa que los trabajadores estatales consideran que se debe aumentar en S/700 el sueldo de todos los trabajadores públicos, sin excepción.

Asimismo, el convenio señala que el Estado Peruano, respetará y continuará cumpliendo y otorgando todos los derechos laborables y beneficios remunerativos a los trabajadores del sector público sujetos a los siguientes regímenes laborales (para quienes iría este aumento, que son todos):
- Decreto Legislativo N° 276
- Decreto Legislativo N° 728
- Decreto Legislativo N° 1057 (CAS)
- Decreto Legislativo Ley N° 30057
- Decreto Legislativo Ley N° 29709
- Decreto Legislativo Ley N° 28091
- Decreto Legislativo Ley N° 31991.

Se acordaría en este Gobierno
La Ley Nº 31188, Ley de negociación colectiva en el sector estatal establece que el plazo máximo para acordar los puntos del convenio colectivo, entre Estado y trabajadores, es el 30 de junio.
Así, esta propuesta, que está en cancha del gobierno de José María Balcázar podría aprobarse antes de que entre el siguiente gobierno. Sin embargo, también, dentro del mismo proyecto de convenio colectivo, al que accedió Infobae Perú se señala que este plazo puede extenderse, por lo que lo podría ver el siguiente Gobierno.
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“Las partes acuerdan que los plazos referenciales del ciclo negocial no constituyen una limitación absoluta ni automática para el ejercicio del derecho a la negociación colectiva, pudiendo las partes, continuar las negociaciones colectivas — incluida la negociación descentralizada — más allá del 30 de junio o del 15 de julio, cuando ello resulte necesario para alcanzar acuerdos efectivos, sin que dicha continuidad sea considerada infracción, causal de nulidad ni restricción alguna al derecho fundamental de negociación colectiva", aclara el texto.
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