JEE rechaza pedido de Renovación Popular para anular votos por no pagar tasa de 1.375 soles

Partido de Rafael López Aliaga no cumplió con adjunta el pago de la tasa en sus más de 100 pedidos para anular votos de Cajamarca

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FOTO DE ARCHIVO-El candidato presidencial de Perú, Rafael López Aliaga, habla mientras la gente se reúne fuera de la sede electoral de Perú en medio de preocupaciones sobre el proceso de votación durante las elecciones generales del país, en Lima, Perú. 14 de abril de 2026. REUTERS/Manuel Orbegozo
FOTO DE ARCHIVO-El candidato presidencial de Perú, Rafael López Aliaga, habla mientras la gente se reúne fuera de la sede electoral de Perú en medio de preocupaciones sobre el proceso de votación durante las elecciones generales del país, en Lima, Perú. 14 de abril de 2026. REUTERS/Manuel Orbegozo

El Jurado Electoral Especial de Jaén rechazó el pedido de nulidad presentado por el partido Renovación Popular para anular una mesa de sufragio con 235 votos de Cajamarca por supuesto “fraude”.

El partido del candidato presidencial Rafael López Aliaga aseguraba que el acta de escrutinio de la mesa 013571 no contaba con los datos de los miembros de mesa ni la hora de inicio y fin del conteo de votos. “Evidenciándose claramente un fraude en la voluntad popular, que pone en duda la veracidad del proceso electoral”, dijeron.

Sin embargo, el acta digitalizada por la ONPE sí cuenta con los datos de los miembros de mesa (nombres y apellidos, número de DNI y firmas) y la hora de inicio y fin del escrutinio.

Ahora bien, el JEE de Jaén no rechaza el pedido de nulidad de Renovación Popular porque este carezca de argumentos válidos, sino porque el partido no cumplió con un requisito formal para que sea admitido. Y es que el partido celeste no cumplió con pagar la tasa de 1.375 soles, equivalente al 25% de una UIT.

JEE rechaza pedido de nulidad de Renovación Popular
JEE rechaza pedido de nulidad de Renovación Popular

“Se advierte que la solicitud de nulidad no adjunta el comprobante de pago de la tasa correspondiente, conforme a lo establecido en las normas antes citadas, lo que determina su improcedencia. En consecuencia, al haberse verificado la omisión de dicho requisito, carece de objeto emitir un pronunciamiento de fondo”, se lee.

Cabe precisar que la misma situación, el no pago de la tasa electoral, pasa con los más de 100 pedidos de nulidad. En total Renovación Popular debe cancelar 137.500 soles si desea que los JEE se pronuncien.

La agrupación debe subsanar el pago de la tasa antes de que los JEE se den cuenta porque declararán improcedente de plano el pedido de nulidad. El Reglamento para el tratamiento de actas con pedidos de nulidad no contempla un plazo para subsanar.

Buscan anular más de 20 mil votos

Renovación Popular ha solicitado al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) la anulación de 22.631 votos provenientes de diversas ciudades del departamento de Cajamarca, en una maniobra que busca incidir directamente en el conteo final de las elecciones presidenciales.

Peru's presidential candidate Rafael Lopez Aliaga speaks as people gather outside Peru's electoral headquarters amid concerns about the voting process during the country's general election, in Lima, Peru, April 14, 2026. REUTERS/Manuel Orbegozo
Peru's presidential candidate Rafael Lopez Aliaga speaks as people gather outside Peru's electoral headquarters amid concerns about the voting process during the country's general election, in Lima, Peru, April 14, 2026. REUTERS/Manuel Orbegozo

En la revisión de las actas impugnadas, Infobae identificó que la mayoría de las mesas cuestionadas corresponden a distritos de Cajamarca como Chota, Cochabamba, San Juan, Magdalena, Huambos, Pedro Gálvez, Baños del Inca y Chetilla. López Aliaga obtuvo resultados especialmente bajos en estos recintos mientras que Roberto Sánchez, candidato de Juntos por el Perú, fue el más votado en la mayoría de las mesas señaladas. En una de esas mesas, Sánchez logró 100 votos y López Aliaga no sobrepasó los diez.

La solicitud de Renovación Popular se fundamenta en más de cien pedidos de nulidad de mesas, aunque los motivos presentados por los personeros del partido son inconsistentes. Algunas impugnaciones se apoyan en la omisión o inserción del número “0” en espacios donde un partido obtuvo cero votos, mientras que otras mencionan irregularidades como firmas fuera de recuadro, presunto lacrado incorrecto, instalación temprana de mesas antes de las 7:00 de la mañana o la omisión de la especificación a.m. o p.m. en las actas. Todas las solicitudes repiten la frase: “Por ende, solicito declarar fundado nuestro pedido y en consecuencia declarar NULA el acta impugnada, no debiendo contabilizar los votos que esta contiene en favor de ningún partido político”.