
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó un nuevo reglamento que define los criterios y procedimientos que deberán seguir las AFP para determinar el acceso a la jubilación de los trabajadores pesqueros incorporados al sistema privado de pensiones. Esta medida se enmarca en los recientes cambios al régimen de seguridad social de este sector.
La normativa busca optimizar la evaluación de solicitudes y asegurar que los afiliados, así como sus beneficiarios, puedan acceder a prestaciones previsionales y no previsionales en condiciones más adecuadas. Esto toma en cuenta las particularidades de la actividad pesquera, caracterizada por altos niveles de riesgo y condiciones laborales específicas.
Modalidades de acceso a la jubilación
El reglamento, oficializado mediante la Resolución SBS Nº 1120-2026, establece dos vías para que los trabajadores pesqueros accedan a una pensión. La primera corresponde al acceso regular dentro del sistema privado, permitiendo optar por las alternativas disponibles, como el retiro del fondo acumulado o el otorgamiento de una pensión bajo modalidades como renta vitalicia o retiro programado.
La segunda opción es la Pensión de Rescate Complementaria (PRC), un mecanismo mediante el cual el Estado cubre de manera vitalicia la diferencia cuando la pensión calculada en el sistema privado resulta inferior a la que se habría obtenido en la antigua Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP). Este esquema busca proteger los ingresos de quienes migraron al sistema actual.

Requisitos para acceder al beneficio
Para acogerse a estas alternativas, los trabajadores deberán cumplir con condiciones específicas. Entre ellas, haber alcanzado los 55 años de edad, además de acreditar al menos 25 años de actividad en el sector pesquero.
Asimismo, se exige un mínimo de 375 semanas de aportes combinados entre el sistema privado de pensiones y la CBSSP, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 024-2025-EF, que introdujo modificaciones al reglamento de la Ley Nº 30003, norma que regula este régimen especial.
Medidas para mejorar la atención y el proceso
El reglamento incorpora disposiciones orientadas a garantizar una atención más eficiente durante todo el proceso de jubilación. En ese sentido, las AFP estarán obligadas a brindar información clara, permanente y oportuna sobre el estado de los trámites y los beneficios disponibles, así como a acompañar al afiliado en cada etapa.
También se contempla el pago oportuno de la pensión desde el momento en que se concreta la jubilación. Este ingreso será complementado con la PRC mientras la Oficina de Normalización Previsional (ONP) verifica el acceso a dicho mecanismo, evitando interrupciones en los ingresos del beneficiario.

Supervisión y articulación institucional
La norma establece condiciones para agilizar la evaluación de expedientes mediante una mejor coordinación entre las AFP y la ONP, lo que permitirá reducir tiempos y otorgar mayor predictibilidad a los solicitantes.
Finalmente, la SBS será la entidad encargada de supervisar el cumplimiento de estas disposiciones, incluyendo la calidad del servicio, la transparencia en la información y el adecuado acompañamiento a los trabajadores pesqueros durante el proceso de acceso a la jubilación.
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