
El Indecopi confirmó en segunda instancia la sanción contra la empresa Neutronfarma E.I.R.L. por difundir publicidad engañosa vinculada a productos promocionados con supuestos beneficios para la salud sin sustento científico. La multa total asciende a 4,38 UIT, equivalentes a S/ 24.090, tras evaluarse dos resoluciones emitidas por la autoridad en materia de competencia desleal.
Las decisiones corresponden a la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, que concluyó que la empresa indujo a error a los consumidores mediante afirmaciones sobre propiedades terapéuticas que no pudieron ser acreditadas. Además de la sanción económica, se dispuso el cese definitivo de la publicidad cuestionada y la inscripción de la compañía en el Registro de Infractores.
PUBLICIDAD
Publicidad con beneficios no comprobados
Los casos analizados se centraron en la promoción de los productos “Baisser Ener-Gython Magnesio + Aloe Vera” y “Krischman”, difundidos a través de la página web de la empresa y redes sociales. En ambos, se atribuían múltiples beneficios relacionados con la mejora de funciones vitales del organismo, la prevención de enfermedades e incluso el tratamiento de diversas patologías.
En el caso del producto Baisser, la publicidad sugería que podía contribuir al funcionamiento del sistema renal, cardiaco, nervioso y muscular, regular la presión arterial, prevenir la anemia y combatir infecciones. Asimismo, se le atribuían efectos frente a enfermedades como el COVID-19, trastornos neurológicos y afecciones oculares, entre otras.
PUBLICIDAD

Por su parte, el producto Krischman fue promocionado como beneficioso para el sistema inmunológico, el crecimiento celular y la salud en general, incluyendo supuestos efectos positivos para mujeres embarazadas y su capacidad para tratar enfermedades como diabetes, anemia, infecciones y otras más de 34 patologías.
Falta de sustento científico
La Sala determinó que estas afirmaciones constituyen actos de engaño, ya que generan expectativas en los consumidores sobre propiedades que no han sido demostradas. En ambos procedimientos se verificó que la empresa no presentó pruebas que acreditaran la veracidad de los beneficios anunciados.
De acuerdo con la normativa vigente, los anunciantes están obligados a contar previamente con evidencia que respalde cualquier afirmación objetiva difundida en su publicidad. En este caso, Neutronfarma incumplió ese deber, lo que derivó en la confirmación de las sanciones impuestas en primera instancia.
PUBLICIDAD
Responsabilidad como anunciante
Uno de los argumentos de la empresa fue que no contaba con redes sociales propias, por lo que no habría difundido los anuncios cuestionados. Sin embargo, la autoridad desestimó esta defensa al comprobar que el perfil de Facebook “Botica Neutronfarma” estaba vinculado directamente con la compañía.

Entre los elementos evaluados se encontraron coincidencias en datos de contacto, dirección, autorización de funcionamiento y enlaces a la página web oficial, lo que permitió establecer que la empresa participó en la elaboración y difusión de la publicidad con fines comerciales.
En ese sentido, la Sala concluyó que Neutronfarma sí tenía la calidad de anunciante, por lo que le correspondía la responsabilidad administrativa por los mensajes difundidos.
PUBLICIDAD
Criterios para la sanción
Para determinar la multa, el Indecopi aplicó el método basado en el porcentaje de las ventas afectadas por la conducta infractora. Este criterio se utiliza cuando la publicidad tiene un alcance amplio o puede generar riesgos para la salud de los consumidores.
En ambos casos se impuso una sanción de 2,19 UIT por cada producto, sumando un total de 4,38 UIT. La autoridad también consideró que la empresa no acreditó sus ingresos, lo que impidió aplicar un límite legal que podría haber reducido la multa.
Medidas correctivas
Además de la sanción económica, el Indecopi ordenó el cese inmediato y definitivo de la publicidad infractora, en tanto continúe atribuyendo propiedades no comprobadas a los productos. Esta medida busca evitar que los consumidores sigan siendo inducidos a error.
PUBLICIDAD
Asimismo, se dispuso la inscripción de Neutronfarma en el Registro de Infractores, lo que deja constancia de la infracción cometida y puede ser considerado en futuras evaluaciones administrativas.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
V de BTS fascinado con la comida peruana: “Comí ceviche y el camote estaba buenísimo”
Kim Taehyung compartió una mesa con ceviche, causa, arroz con mariscos, pulpo a la parrilla, suspiro a la limeña y crema volteada en sus redes sociales.

Cámara de Diputados rechaza texto sustitutorio para delegar facultades a Keiko Fujimori en seguridad ciudadana y Fenómeno El Niño
La propuesta fue rechazada con 73 votos en contra, 49 a favor y dos abstenciones. Luego de la votación, la Cámara de Diputados suspendió la sesión

Hansel Riojas tras la eliminación de Sport Boys de la Copa de la Liga 2026: “Es una vergüenza lo que nos pasó”
Ocho goles en contra y apenas dos a favor en la serie completa. Ese fue el saldo que dejó Sport Boys en la llave ante Alianza Atlético, que selló su pase a la final del torneo

Perú 0-0 Colombia EN VIVO HOY: minuto a minuto del partido amistoso en Miami por fecha FIFA 2026
La selección peruana cierra su gira por Norteamérica frente al cuadro dirigido por Néstor Lorenzo, con el objetivo de despedirse con un resultado positivo. Sigue todas las incidencias del duelo

Senamhi advierte riesgo extremo de incendios forestales en ocho regiones durante toda la semana
La alerta roja rige del 6 al 10 de octubre por la falta de lluvias, el aumento de temperaturas, la baja humedad y las ráfagas de viento

