TC deja al voto la demanda de la Defensoría para que se declare inconstitucional la Ley de Amnistía

Se requieren 5 votos conformes para que se declare fundada la demanda contra la Ley 32419, sino será rechazada y se considerará que dicha norma es constitucional

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De izquierda a derecha: César Ochoa, Gustavo Gutiérrez, Helder Domínguez, Luz Pacheco, Francisco Morales, Manuel Monteagudo y Pedro Hernández.
De izquierda a derecha: César Ochoa, Gustavo Gutiérrez, Helder Domínguez, Luz Pacheco, Francisco Morales, Manuel Monteagudo y Pedro Hernández.

El Tribunal Constitucional dejó al voto la demanda de inconstitucionalidad de la Defensoría del Pueblo contra la Ley 32419, que concede amnistía a los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y Comités de Autodefensa investigados, procesados o condenados por hechos relacionados a la lucha contra el terrorismo entre 1980 y 2000.

La norma en la práctica busca el archivamiento de más de 1.700 procesos penales, según una estimación de la Defensoría, por delitos calificados como graves violaciones a los derechos humanos, como ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas y torturas.

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La Ley de Amnistía solo exceptúa los casos de exmilitares o policías investigados, procesados o condenados con sentencia firme por delitos de terrorismo o delitos de corrupción de funcionarios.

El defensor del pueblo de Perú, Josué Gutiérrez, en una foto de archivo. EFE/ Aldair Mejía
El defensor del pueblo de Perú, Josué Gutiérrez, en una foto de archivo. EFE/ Aldair Mejía

La audiencia

El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, no se presentó a la audiencia para sustentar la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía, sino que fue el jefe del Gabinete de Asesores de la institución, Hebert Anderson Saldaña Saavedra.

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Durante su exposición, Saldaña cuestionó la demora del Poder Judicial para que “en 40 años” no haya concluido los procesos penales, obviando que la mitad de dicho plazo el propio Estado puso trabas para que se esclarezcan los hechos. Indicó que la negligencia del Poder Judicial no podía afectar a las víctimas.

En tanto, defendieron al Congreso de la República el exmagistrado del TC, Ernesto Blume; el candidato aprista Luis Pacheco Mandujano; el constitucionalista Domingo García Belaunde y el trabajador del Parlamento Ángel Delgado Silva.

Especialista se pronunció a favor del TC por polémico tema.
Especialista se pronunció a favor del TC por polémica ley de amnistía.

Todos defendieron la Ley de Amnistía abogando que por el tiempo, salvaguardando los derechos de policías y militares al debido proceso y plazo razonable, los procesos debían archivarse. Blume fue más allá y aseguró que es una norma de “reconciliación nacional”.

Pacheco Mandujano criticó que a miembros de Sendero Luminoso no se les procesó por graves violaciones a los derechos humanos; sin embargo, omite que los senderistas fueron investigados y condenados, en su mayoría, dentro de los plazos de prescripción.

Los actuales procesos en trámite contra terroristas no han sido archivados, aunque hayan intentando acogerse o a la ley de prescripción o a la ley de Amnistía, como el caso Las Gardenias contra el líder de la organización terrorista Movimiento Revolucionario Túpac Amaru(MRTA) Víctor Polay Campos.

Los magistrados Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo y Francisco Morales Saravia hicieron preguntas a las partes. Luego de ello, la presidenta del TC, Luz Pacheco, dejó al voto la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Amnistía.

Para que se declare fundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32419 se requiere de 5 votos conformes. Si no se alcanzan dichos votos, la demanda es declarada infundada. Este fue el caso de la demanda contra la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad.

En el caso de la Ley 32107, la votación final en el TC quedó 4 votos en contra y 3 votos a favor, por lo que fue declaradada infundada la demanda y se estableció que la norma es constitucional.