Un contrato laboral se vuelve indeterminado en estos cuatro casos, según Sunafil

Sunafil detalla las situaciones en las que la contratación temporal pierde validez en el sector privado, así como las sanciones que pueden enfrentar las empresas por aplicar de forma indebida este tipo de contratos

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El primer escenario ocurre cuando el trabajador sigue laborando luego de haberse concluido la obra o encargo que dio origen a su contratación.
El primer escenario ocurre cuando el trabajador sigue laborando luego de haberse concluido la obra o encargo que dio origen a su contratación. Foto: Imagen Ilustrativa Infobae

Pasar de un contrato a plazo fijo a uno indeterminado puede ocurrir cuando se incumplen las reglas que justifican la contratación temporal. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) identifica cuatro situaciones en las que el vínculo laboral cambia de condición dentro del régimen privado.

Estos escenarios están vinculados a la continuidad del trabajo, al uso indebido de modalidades especiales o a la simulación de necesidades temporales. En tales casos, la relación laboral deja de ser válida como contrato a plazo fijo y se considera de duración indeterminada.

Continuidad del servicio tras culminar la labor contratada

El primer supuesto se presenta cuando el trabajador sigue prestando servicios luego de haber concluido la obra, proyecto o encargo específico que motivó su contratación. Al extinguirse la causa temporal y mantenerse la prestación laboral, el contrato pierde su carácter transitorio.

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Esta situación se observa, por ejemplo, en contratos vinculados a servicios determinados. Si el plazo vence y el trabajador continúa desempeñando funciones de manera regular, el vínculo se desnaturaliza y pasa a ser indeterminado.

Si el plazo expira y el trabajador mantiene sus labores de forma habitual, la relación pierde su carácter temporal y se convierte en indefinida.
Si el plazo expira y el trabajador mantiene sus labores de forma habitual, la relación pierde su carácter temporal y se convierte en indefinida. Foto: educa.pro

Sustitución que se extiende sin causa válida

Otro caso corresponde a los contratos de suplencia, utilizados para reemplazar temporalmente a un trabajador de planta ausente. Esta modalidad solo es válida mientras subsista la causa que originó la sustitución.

Cuando el trabajador titular no se reincorpora tras finalizar su licencia u otra forma de ausencia, pero el suplente permanece en el puesto, la razón temporal desaparece. En ese contexto, el contrato se transforma en uno de duración indeterminada.

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Superación de los límites legales de duración

La legislación laboral fija plazos máximos y límites a las prórrogas de los contratos a plazo fijo. Si estos topes son superados y el trabajador continúa laborando sin interrupción, se configura un nuevo supuesto de desnaturalización.

Sunafil precisa que, en modalidades como el contrato por incremento de actividades, el periodo total no puede exceder los 3 años. Una vez superado ese límite, la continuidad del servicio convierte el vínculo en indeterminado.

Otro supuesto se da en los contratos de suplencia, que se emplean para cubrir de manera temporal la ausencia de un trabajador estable.
Otro supuesto se da en los contratos de suplencia, que se emplean para cubrir de manera temporal la ausencia de un trabajador estable. Foto: Instituto de Ciencias Hegel

Simulación de una necesidad temporal inexistente

El cuarto supuesto se da cuando se comprueba que el empleador alegó una necesidad temporal que no era real. Esto ocurre si el trabajador realiza funciones ordinarias, permanentes y continuas, propias de la actividad regular de la empresa.

En estos casos, la consecuencia legal es que la relación laboral se considera a plazo indeterminado desde el inicio de la simulación, al haberse utilizado una modalidad temporal que no correspondía a la naturaleza del puesto.

Multas aplicables por uso indebido de contratos temporales

El incumplimiento de las normas sobre contratación a plazo fijo puede generar sanciones económicas. La escala de multas va desde los S/ 1.265 hasta los S/ 288.915, según el tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados, de acuerdo con el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.

Sunafil señala que constituyen infracciones muy graves el incumplimiento de las disposiciones sobre contratación temporal, la desnaturalización de estos contratos, su uso fraudulento y su aplicación para vulnerar el principio de no discriminación.

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