El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 resolvió archivar la investigación iniciada contra Lady Camones, congresista de Alianza para el Progreso (APP) y actual candidata al Senado, por la presunta entrega de dádivas durante actividades navideñas en la región Áncash.
Aunque la parlamentaria celebró la noticia en sus redes, argumentando que “llevar felicidad en Navidad a los niños no constituyó una infracción a la ley” y que la denuncia fue “maliciosa”, la decisión del órgano electoral se fundamenta en que, al momento de los hechos, aún no tenía formalmente la condición de candidata inscrita para las Elecciones Generales 2026.
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En la Resolución N.° 00409-2026-JEE-LIC2/JNE, el colegiado electoral estableció que la lista de candidatos al Senado por APP fue aprobada el 1 de enero de 2026 y notificada el 3 de enero. De acuerdo con la normativa electoral, es a partir de la notificación que los ciudadanos adquieren formalmente la calidad de candidatos inscritos. Por tanto, Lady Camones no ostentaba tal condición al momento de los hechos observados, lo cual resultó determinante para el archivo del expediente.
El JEE concluyó que no se configuró la conducta prohibida establecida en el artículo 8 del Reglamento de Fiscalización de Dádivas, al no existir la calidad de candidata al momento de la entrega de juguetes. En consecuencia, el proceso de fiscalización contra Alianza para el Progreso y Lady Camones fue archivado.
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Como medida complementaria, el órgano electoral dispuso remitir copias del expediente al Jurado Electoral Especial del Santa, para que evalúe los hechos dentro del ámbito de su competencia territorial, aunque sin implicar la reapertura automática de la investigación.
¿Por qué se le investigó?
La investigación se originó tras la difusión de imágenes y reportes en los que se observaba a Lady Camones organizando eventos navideños y distribuyendo pelotas con la frase “Acuña presidente 2026” en diversas localidades de Áncash.
Estas actividades se realizaron los días 17 y 22 de diciembre de 2025 en el caserío Monte Chimbote, el asentamiento humano Jerusalén de Nuevo Chimbote y el distrito Cáceres del Perú–Jimbe. La entrega de juguetes a menores de edad fue documentada en redes sociales y motivó la apertura de un expediente de fiscalización por parte del JEE.
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El informe de fiscalización advertía una posible infracción al artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, que prohíbe a los candidatos y organizaciones políticas la entrega gratuita de bienes durante el proceso electoral. Sin embargo, la evaluación del caso determinó que la condición de candidata inscrita es un requisito indispensable para que se configure la violación de dicha norma.
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