
La Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República aprobó el dictamen favorable recaído en los proyectos de ley que buscan el recalculo del aguinaldo y el bono por escolaridad del sector público.
Especialmente, esta medida está enfocada en los maestros. La ley, aún en dictamen, busca dar incremento de los aguinaldos por Fiestas Patrias y navidad, así como de la bonificación por escolaridad, a favor de los docentes de la ducación básica regular, educación básica alternativa, educación básica especial y educación técnico-productiva, así como de los auxiliares de educación.
De este modo, se establecerá su equivalencia, la de estos montos, de S/ 300 y S/ 400, con la remuneración íntegra mensual (RIM) correspondiente a la primera escala de la Carrera Pública Magisterial. Esto se trata de un monto de S/ 3.500,70 (basado en el RIM y el cálculo mensual para este grupo.
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Buscan aumentar aguinaldo
“La presente ley tiene por objeto disponer el incremento de los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, así como de la bonificación por escolaridad, a favor de los docentes de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial y Educación Técnico-Productiva, y de los auxiliares de educación, estableciendo que dichos beneficios sean equivalentes a la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) correspondiente a la primera escala de la Carrera Pública Magisterial, con la finalidad de fortalecer la equidad remunerativa y reconocer la función esencial que desempeñan en el sistema educativo nacional”, aclara la norma.
Así, el aguinaldo por Fiestas Patrias, el aguinaldo por Navidad y la bonificación por escolaridad previstos en la presente ley se abonan directamente al docente beneficiario, en una sola armada, mediante la planilla única de pagos, en los meses de julio, marzo y diciembre, respectivamente (...).El monto de dichos beneficios se calcula sobre la base de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) correspondiente a la primera escala de la Carrera Pública Magisterial, previa aprobación mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Educación y el ministro de Economía y Finanzas.
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- Así el monto de aguinaldo, pasará de S/ 300 a S/ 3.500,70
- El de bono por escolaridad irá de S/400 hasta S/ 3.500,70.

Pero también pagarán bono pendiente
Asimismo, se autoriza al Ministerio de Educación y al Ministerio de Economía y Finanzas para efectuar modificaciones presupuestarias en el pliego institucional correspondiente, con la finalidad de realizar, de manera excepcional y por única vez, el pago de la bonificación por escolaridad a favor de los docentes que han ingresado en condición de nombrados a la Carrera Pública Magisterial, a partir del 1 de marzo de 2024, en el marco de los procesos establecidos en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial. Dicho pago asciende a la suma de S/ 400,00.
Este monto, no pagado y adeudado se otorga por única vez durante el Año Fiscal 2026, para lo cual se exonera a las entidades correspondientes de lo dispuesto en la Ley 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, así como de las demás disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente ley.
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Para 2026, el Ministerio de Educación del Perú proyecta la contratación de más de 140,000 maestros para instituciones educativas de Educación Básica y Educación Técnico-Productiva en todo el país. Esta cifra incluye a docentes de nivel inicial, primaria y secundaria, y busca garantizar la cobertura educativa desde el inicio del año escolar.

Qué es el aguinaldo y el bono de escolaridad
El aguinaldo es un beneficio económico que otorga el Estado a sus trabajadores dos veces al año. A diferencia de la “gratificación” del sector privado (que equivale a un sueldo completo), el aguinaldo es un monto fijo establecido por decreto supremo.
Mientras que el bono de escolaridad es un subsidio anual destinado a apoyar a los trabajadores del sector público con los gastos relacionados al inicio del año escolar (matrículas, útiles, uniformes). No es necesario tener hijos en edad escolar para recibirlo; es un beneficio general para el trabajador público que cumpla los requisitos de antigüedad.
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