
Una nueva polémica tiene como protagonista al candidato presidencial de Perú Primero, Mario Vizcarra, quien podría quedar fuera de la contienda electoral por la sentencia por corrupción que arrastra, la misma que impuso el pago de una reparación civil.
La controversia gira en torno justamente al pago de la reparación civil ya que, a más de 20 años desde que fue sentenciado, Mario Vizcarra no puede asegurar, con documento en mano, que canceló dicha deuda con el Estado.
“Lo que él me ha dicho, en sus palabras literales, es: ‘Es hace bastante tiempo. Yo cumplí absolutamente con todo. Puede haber algún pago que de pronto se hizo y que ya no lo tengo en la mano por el tiempo’. Pero me dijo: ‘Yo cumplí con todo’”, declaró Alejandro Salas, abogado de Mario Vizcarra, a Infobae.
Reparación civil prescrita
Si bien Mario Vizcarra cumplió con las reglas de conducta para no ir por 3 años a una cárcel, no se podría decir con seguridad absoluta lo mismo respecto al pago de la reparación civil. Y es que la defensa de Mario Vizcarra pidió al Poder Judicial que se declare prescrita la reparación civil por el paso del tiempo, a pesar de que, según Salas, sí canceló la deuda.
En la resolución emitida el 18 de diciembre de 2025 a la que accedió Infobae, el juez penal liquidador Roger Chacón accede al pedido de Vizcarra para que se declare prescrito el pago de la reparación civil de 3 mil soles que se le impuso en 2005.
La Corte Suprema ya había establecido años atrás en un acuerdo plenario que el pago de la reparación civil prescribe a los 10 años desde que queda firme una sentencia, solo si es que durante dicho plazo la parte agraviada no realizaba acciones para que se haga efectivo el pago. Caso contrario, la prescripción se interrumpía.

Según comprobó el juez Chacón, ni el Gobierno Regional de Moquegua ni la Fiscalía exigieron la cancelación de la deuda por más de 10 años, por lo que Mario Vizcarra “se ve favorecido con la prescripción de la reparación civil que se declara”.
Alejandro Salas dijo a este diario que el váucher que acredite el pago de la reparación civil no necesariamente estaría en el expediente judicial porque “el pago se hace a las cuentas de la institución”.
“Yo conversando con él me manifestó en un momento que eso sí se había honrado. Lo que pasa es que ahorita no tenía forma de cómo demostrarlo. Si a mí me pides un pago que yo he hecho al banco hace 20 años, va a ser bien difícil de pronto encontrarlo”, agregó el candidato al Senado por Perú Primero.
En la misma decisión, el magistrado dispuso rehabilitar a Mario Vizcarra al haber cumplido su pena de 3 años de prisión suspendida y al ya no tener la obligación de pagar la reparación civil de 3 mil soles porque prescribió.
La condena por corrupción
La sentencia condenatoria, que Infobae obtuvo, fue dictada el 8 de octubre de 2005 y en ella se declara responsable penalmente al hoy candidato de Perú Primero por los delitos de peculado, falsedad genérica y falsa declaración en procedimiento administrativo.
Para la Sala Mixta de Moquegua, quedó acreditado que Mario Vizcarra recibió, durante su período como presidente del Consejo Transitorio de Admistración Regional de Moquegua (de enero a julio de 2001), una remuneración estatal y simultáneamente honorarios mensuales del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, dinero que también provenía de fondos del Estado. También quedó comprobado que firmó declaraciones juradas ante el PNUD afirmando falsamente que no tenía ningún vínculo laboral con el Estado.
Por todo ello, Vizcarra fue condenado a 3 años de prisión suspendida y al pago de una reparación civil de 3 mil soles, además de devolver el dinero indebidamente cobrado al Gobierno Regional de Moquegua. Dicha sentencia quedó firme porque no apeló ante la Corte Suprema.

¿Mario Vizcarra va o no va?
Con la rehabilitación, Vizcarra podría postular sin ningún inconveniente, pero la Ley 30717 impide que condenados por corrupción sean candidatos, incluso si cumplieron su pena. Sin embargo, existe controversia con dicha norma.
El anterior Tribunal Constitucional no logró declarar inconstitucional dicha norma por falta de votos. No obstante, los nuevos magistrados han inaplicado en casos concretos el impedimento al determinar que vulnera el derecho a la participación política. Infobae dio cuenta de estos fallos contradictorios en un reciente informe.
Así, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro I y eventualmente el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberán determinar si aplican automáticamente la Ley 30717 y tachan a Mario Vizcarra, o si se alinean a la reciente jurisprudencia del TC y permiten que el hermano de Martín Vizcarra siga en carrera.
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