
El Congreso de la República publicó el reglamento de la Cámara de Diputados y Senadores, en el diario oficial El Peruano, este jueves 13 de noviembre. Entre las facultades del Parlamento están: declarar la vacancia de la Presidencia de la República, aunque en esta ocasión, la decisión deberá ser aprobada en ambas cámaras.
Tres mandatarios han sido sacados de su cargo bajo esta figura: Martín Vizcarra, en el 2020, Pedro Castillo, en el 2022, y Dina Boluarte, en el 2025.

Proceso de vacancia
El artículo 193 de la Resolución Legislativa del Congreso N.º 005-2025-2026-CR expone el procedimiento para la vacancia por permanente incapacidad moral del presidente de la República.
El pedido de vacancia se formula mediante moción de orden del día firmada por al menos 39 diputados. Aquí deberán fundamentar en qué se sustentan y apoyarse en los documentos necesarios. Para ello, la Mesa Directiva de la cámara podrá pedir a cualquier institución pública o privada la información referida, la que debe ser entregada de manera inmediata, bajo responsabilidad.
“Tiene preferencia en el debate y es vista antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda. Recibido el pedido, copia de este se remite, a más tardar el día hábil siguiente, al presidente de la República”, se lee en el documento.
Después, el titular de la Cámara de Diputados cita al tercer día para que la moción sea sustentada por algún legislador firmante. Para aprobar la admisión se necesita el 40% de los parlamentarios hábiles; de contar con todos los congresistas, el número sería de 52.
De esta manera, el Pleno acuerda el día y la hora para el debate, entre el tercer y décimo día a partir de la admisión. Luego de que se sustenten el pedido, el presidente de la República de turno, o su abogad, deberá exponer sus descargos por una hora. Si no asiste cualquier de los dos, el proceso sigue.
El acuerdo que propone la vacancia presidencial por incapacidad moral necesita de los votos de al menos 87 diputados. Así, la presidencia de la cámara designará a tres miembros para que sustenten ante el Senado. El acuerdo se remite al presidente de la República y al presidente del Senado el mismo día para la continuación del trámite", dice loa norma.

El Senado tendrá que aprobar
El artículo 193 de la Resolución Legislativa del Congreso N.º 006-2025-2026-CR establece que el proceso de la vacancia por muerte, permanente incapacidad moral o física, renuncia o por salir del territorio nacional sin permiso del Parlamento o no regresa dentro del plazo fijado, continúa en el Senado.
Luego de que la resolución sea enviada a la Cámara de Diputados, junto a su expediente, el presidente del Senado, previo acuerdo de la Junta de Portavoces, fija el día, la hora y las reglas para el debate y la votación. Luego, cita a los diputados designados por su cámara y al presidente.
En esa sesión que se convoca, los diputados designados sustentarán, hasta por una hora, la propuesta. Después, podrá hacer uso de la palabra el mandatario, o su abogado, para exponer sus descargos, por el mismo tiempo. La inasistencia de la parte acusada no interrumpe el procedimiento.
Seguidamente, los senadores oradores participarán en el debate. Una vez culminado, se votará por la vacancia.
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