
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) realizó 16.737 inspecciones a empresas entre 2024 y lo que va de 2025 por incumplimientos en el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). De acuerdo con el organismo supervisor, el 97% de las inspecciones respondieron a denuncias presentadas por trabajadores.
Estas intervenciones corresponden al monitoreo del beneficio laboral que deben recibir los empleados del sector privado y que, según el calendario oficial, debe depositarse en la primera quincena de noviembre, aunque en este año se considerará hasta el lunes 17, dado que el 15 de noviembre es feriado.
Sunafil: más de 1.000 inspecciones mensuales por no depositar la CTS desde 2024, no sea el siguiente
Sunafil precisa que la remuneración computable para este periodo corresponde al salario vigente al 31 de octubre de 2025. Si existen remuneraciones complementarias como horas extras o comisiones, ingresan al cálculo si se percibieron mínimo durante tres meses dentro del semestre.
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También se sumará un sexto de la gratificación de julio de 2025. Para ayudar en el proceso, la entidad ha puesto a disposición de los trabajadores el aplicativo “Calcula tu CTS”, dirigido tanto a personal del régimen general como de pequeñas empresas, trabajadoras del hogar y extrabajadores con CTS trunca.
El aplicativo, explical a entidad, solicita información sobre el documento de identidad, RUC de la empresa y datos laborales relevantes. Sunafil recuerda que las microempresas inscritas en el Remype están exentas de la obligación de pago de CTS.

Sanciones por incumplimir el depósito de la CTS: ¿cuánto es la multa, según Sunafil?
Sunafil considera una infracción grave no depositar íntegra y oportunamente la CTS al trabajador, conforme a la normativa aplicable al régimen laboral correspondiente. Esta clasificación de gravedad implica la aplicación de sanciones económicas considerables, calculadas en función de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), cuyo valor para 2025 es de S/5.350, según el Decreto Supremo N.º 260-2024-EF.
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Las multas se establecen en tramos diferenciados según el tamaño de la empresa:
- Para pequeñas empresas, la sanción va de 0.45 a 4.50 UIT, lo que significa montos que oscilan entre S/2.407,50 y S/24.075.
- En el caso de empresas que no son micro o pequeñas (No MYPE), el rango de la multa se eleva de 1,57 a 26,12 UIT, lo que representa una sanción económica entre S/8.399,50 y S/139.742.
Estos importes buscan sancionar la inobservancia de la obligación de depósito y sirven como medida disuasoria para que los empleadores cumplan con regularidad esta obligación laboral. Por otro lado, Sunafil no solo evalúa el incumplimiento del depósito, sino también la entrega de la hoja de liquidación al trabajador, siendo ambas acciones sancionables, de acuerdo con lo constatado durante su proceso de fiscalización.
¿Los trabajadores part time recibirán CTS en 2025?
Por su parte, Editorial Economía y Finanzas (EEF) detalla que la CTS corresponde a trabajadores formales de planilla, del régimen laboral privado, con al menos cuatro horas diarias de trabajo promedio. Quedan excluidos, además de los trabajadores de microempresas registradas en Remype, quienes laboran a tiempo parcial (menos de cuatro horas diarias).
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Además, existen regímenes laborales especiales en los que las condiciones del acceso y cálculo de la CTS presentan particularidades. Por ejemplo, en el sector de construcción civil, la CTS equivale al 15% de las remuneraciones básicas que el trabajador ha percibido, diferenciándose del régimen general.
En el régimen agrario, la compensación representa el 9,72% de la remuneración básica. En el caso de aquellos empleados que reciben una remuneración integral anual (RIA), la CTS puede estar incluida dentro de ese esquema salarial si así se ha pactado, lo que implica que no se realiza un depósito adicional externo, salvo que las partes acuerden lo contrario.
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¿Me depositan la CTS si ya no trabajo en la empresa?
La EEF precisa que aquellos cuyo vínculo laboral haya terminado antes del 15 de noviembre, siempre que hayan laborado más de un mes y cumplieron con una jornada mínima diaria de cuatro horas, conservan el derecho a recibir el pago proporcional de CTS (lo que se conoce como “CTS trunca”).
Esto significa que, aunque ya no trabajen para la empresa al momento del depósito, recibirán el monto correspondiente al periodo efectivamente laborado en el semestre, en proporción a los meses y días trabajados desde el último depósito o desde que ingresaron a la empresa.
¿Hasta cuándo puedo retirar mi CTS?
Finalmente, la EEF recuerda que la Ley 32322, que entró en vigor en mayo de 2025, autoriza a los trabajadores a disponer libremente del 100% del saldo acumulado en su cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta el 31 de diciembre de 2026. Esto significa que, durante este periodo, los empleados pueden retirar el total de los fondos de su CTS sin restricción alguna, incluso si siguen laborando.
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A partir del 1 de enero de 2027, el acceso a la CTS volverá a las condiciones habituales anteriores a la ley, por lo que los trabajadores solo podrán retirar hasta el 50% del monto excedente a cuatro sueldos depositados en su cuenta de CTS. No obstante, existen dos excepciones: en caso de que el titular de la CTS sea diagnosticado con una enfermedad terminal o cáncer, la normativa permite el retiro del 100% de los fondos en cualquier momento, independientemente de la fecha o del saldo disponible.
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