
La Fiscalía Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima Centro (Equipo 1) informó que el ciudadano Said Quispe Núñez (22 años) fue condenado a ocho años y cuatro meses de pena privativa de libertad efectiva por el delito de pornografía infantil agravada en agravio de varios menores de edad.
El caso se inició tras una intervención el pasado 18 de septiembre, cuando agentes policiales, con autorización fiscal, allanaron la vivienda del imputado en el distrito de El Agustino. Durante el operativo se incautó una gran cantidad de fotografías y videos que mostraban a niños y adolescentes en actos de connotación sexual.
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Las diligencias permitieron confirmar que el joven almacenaba este material ilícito en diferentes dispositivos electrónicos. En concreto, se halló evidencia en su cuenta personal de correo electrónico, así como en sus teléfonos celulares y otros equipos de almacenamiento.
La fiscal provincial Evelyn Taboada presentó estos hallazgos en la audiencia de acusación, subrayando que los elementos de convicción probaban la posesión y almacenamiento sistemático de pornografía infantil, práctica sancionada con severidad por el Código Penal peruano.

La sentencia y sus implicancias
Ante las pruebas contundentes presentadas por el Ministerio Público, Quispe Núñez decidió acogerse a la figura de terminación anticipada. Este mecanismo legal permite una reducción de la pena a cambio de que el imputado reconozca su responsabilidad penal y colabore con la investigación.
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El juez aceptó la solicitud y emitió la sentencia condenatoria, que fija la pena en ocho años y cuatro meses de prisión efectiva. Además, se establecieron sanciones económicas y restricciones adicionales:
- Pago de S/ 10 000 por concepto de reparación civil, destinada a las víctimas del caso.
- Pago de 155 días multa, equivalente a S/ 1945.25.
Inhabilitación por cuatro años y ocho meses para desempeñar cualquier tipo de actividad laboral o profesional que implique contacto o interacción con menores de edad.
La Fiscalía resaltó que este fallo es un paso firme en la lucha contra la pornografía infantil, considerada una forma de explotación sexual de niños y adolescentes que deja secuelas graves en las víctimas.

Un problema de alcance global
La sentencia se da en un contexto donde la pornografía infantil digital se ha convertido en un problema global creciente. El acceso masivo a internet, las redes sociales y los servicios de mensajería instantánea han facilitado la distribución anónima y rápida de este tipo de material ilegal, obligando a los Estados a fortalecer sus sistemas de detección, investigación y sanción.
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En el Perú, la política criminal contra la explotación sexual infantil se ha reforzado con la actuación de fiscalías especializadas en trata de personas y delitos conexos, que trabajan junto a la Policía Nacional y con apoyo de organismos internacionales para rastrear redes dedicadas a esta actividad ilícita.
Las autoridades recuerdan que almacenar o poseer imágenes o videos de menores en situaciones sexuales, incluso sin fines de difusión, constituye delito y puede derivar en penas de ocho a doce años de cárcel, según la legislación vigente.
Prevención y denuncia ciudadana
La Fiscalía exhorta a la ciudadanía a estar alerta ante comportamientos sospechosos en entornos digitales, como la difusión de material sensible, el intercambio de archivos con menores o las solicitudes de contenido sexual a adolescentes.
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En caso de identificar conductas de esta naturaleza, la población puede:
- Denunciar ante la Policía Nacional del Perú (PNP) en cualquier comisaría o unidad especializada en delitos informáticos.
- Contactar directamente al Ministerio Público, a través de las fiscalías de turno en Lima y regiones.
- Utilizar las plataformas digitales de denuncia habilitadas por el Ministerio del Interior y el Programa “Alerta contra el acoso sexual”.
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