
Cuando una persona está afiliada al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), sus aportes no se pierden tras su fallecimiento. La legislación peruana dispone que estos recursos pueden transformarse en una pensión destinada a los familiares directos del asegurado, con el fin de ofrecer una protección económica mínima a quienes dependían de él o ella.
Si el trabajador fallecido deja cónyuge o hijos, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) contempla pensiones de viudez y orfandad. Pero si la persona no estaba casada ni tenía descendencia, la normativa prevé la pensión de ascendencia, una posibilidad para los familiares en ausencia de esposa o hijos.
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Esta prestación corresponde a los padres del asegurado fallecido, siempre que reúnan requisitos específicos. De esta forma, se reconoce el esfuerzo realizado por quien aportó al SNP, proporcionando respaldo económico a sus progenitores durante su vejez u otra situación de vulnerabilidad.
¿Quiénes son los beneficiarios de un afiliado soltero y sin hijos?
Cuando un afiliado al Sistema Nacional de Pensiones fallece sin haber dejado cónyuge ni hijos, sus padres pueden acceder a la pensión de ascendencia. Este beneficio se otorga de por vida y está dirigido a los progenitores que dependían económicamente del asegurado, garantizándoles sustento ante la pérdida de quien era su principal apoyo.
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El derecho a cobrar esta pensión depende de que los padres cumplan criterios de edad o invalidez, así como la demostración de dependencia económica. Esto asegura que la ayuda llegue a quienes efectivamente tenían un sustento directo en la labor del afiliado fallecido.
Si ambos padres cumplen los requisitos, los dos pueden solicitar la pensión. La ONP revisa cada caso de manera individual antes de aprobar el acceso a este derecho.
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Requisitos para acceder a la pensión de ascendencia en la ONP
La normativa exige condiciones específicas para conceder la pensión de ascendencia. Los principales requisitos son:
- El padre debe tener por lo menos 60 años y la madre, 55 años. Si no alcanzan estas edades, es fundamental acreditar una invalidez con un certificado médico emitido por una comisión médica.
- Los padres deben haber dependido económicamente del afiliado al SNP.
- No pueden percibir ingresos superiores al monto de la pensión que les correspondería.
A través de estos criterios, la ONP verifica que el beneficio llegue solo a quienes enfrentan vulnerabilidad económica y dependencia comprobada.
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¿Cómo y dónde solicitar la pensión de ascendencia en la ONP?
La solicitud de este beneficio puede realizarse virtualmente en la plataforma onpvirtual.pe, donde, en la sección “Soy familiar”, se encuentra la opción “Pensión para madre o padre”. El trámite se efectúa mediante videollamada, disponible de lunes a viernes de 8:00 a 17:00.
Otra alternativa es asistir de manera presencial a los puntos de atención de la ONP. Para localizar la oficina más cercana y conocer los horarios, los interesados deben consultar la sección Canales de atención presencial en la página web oficial de la entidad.
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Ambos mecanismos facilitan el acceso al trámite, ofreciendo opciones tanto digitales como presenciales para las familias solicitantes del beneficio.
¿Qué beneficios adicionales otorga la ONP con la pensión de ascendencia?
En septiembre, un total de 2.033 personas reciben la pensión de ascendencia de forma vitalicia. Conforme a la Ley N.º 32123, el monto mínimo es de 400 soles. Además del pago mensual, los beneficiarios disfrutan de servicios complementarios.
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Está disponible la Ficha del Asegurado, una herramienta digital que permite revisar constancias de pago, visualizar solicitudes presentadas ante la ONP y actualizar información de contacto. El servicio de pago a domicilio beneficia a los adultos mayores que no pueden trasladarse con facilidad, asegurando la recepción oportuna de su pensión.
Los pensionistas también tienen acceso al programa Yuyaq, Casa del Pensionista, donde se desarrollan talleres y actividades recreativas que fomentan un envejecimiento activo. Estas iniciativas refuerzan tanto la seguridad económica como el bienestar integral de los beneficiarios.
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Para mayor información, los interesados pueden comunicarse con ONP Te Escucha al teléfono (01) 634 2222, opción 1, de lunes a viernes de 8:00 a 17:30, y recibirán orientación sobre los requisitos, plazos y seguimiento de su trámite.
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