
El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) oficializó la ampliación de plazo para el cumplimiento del Punto Objetivo de Recuperación (POR) igual a cero para bancos con baja concentración de mercado y el Banco de la Nación, según la Resolución SBS N° 03231-2025 publicada el 10 de septiembre de 2025.
La medida otorga a estas entidades seis meses adicionales, hasta el 1 de julio de 2026, para adecuar sus sistemas tecnológicos y evitar la pérdida de información de operaciones sobre productos pasivos ante caídas en plataformas digitales.
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SBS amplía plazo para que bancos cumplan meta de recuperación de datos
La decisión responde a solicitudes directas de varias entidades supervisadas y al diagnóstico técnico del regulador. El rediseño de las arquitecturas tecnológicas y operativas, requisito para alcanzar el POR cero, implica exigencias estructurales y financieras elevadas dentro del sistema financiero nacional. La exigencia inicial resultaba difícil de cumplir por los costos, la dificultad de migración de sistemas y los altos estándares de seguridad de datos que demanda la norma.
El POR determina que los bancos y otras entidades no pueden registrar pérdida alguna de información sobre depósitos, cuentas de ahorro y otros productos pasivos cuando sus sistemas digitales experimentan fallas o interrupciones. La prórroga de la SBS permitirá a los bancos regionales, cajas municipales y al propio Banco de la Nación avanzar progresivamente en la adaptación de sus plataformas y fortalecer las capacidades de respaldo de datos exigidas en el Reglamento para la Gestión de la Continuidad del Negocio.
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Entidades financieras de Perú tendrán hasta julio de 2026 para alcanzar POR cero
Actualmente, la normativa distingue dos conceptos regulados: Punto Objetivo de Recuperación (POR) y Tiempo Objetivo de Recuperación (TOR). El POR guarda relación directa con la integridad de la información de las operaciones, mientras que el TOR establece el tiempo máximo permitido para restablecer la operación de los servicios digitales tras una interrupción.
El TOR permanece sin cambios tras la reciente resolución. El plazo de recuperación para bancos con alta concentración de mercado y el Banco de la Nación se mantiene en 3 horas, corriendo desde junio de 2025. Para bancos y entidades de menor tamaño, la meta seguirá en 5 horas. No existen prórrogas aprobadas para el TOR, que sigue regulando la rapidez de reactivación de servicios como plataformas en línea, aplicaciones y billeteras digitales.
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SBS mantiene exigencia de recuperación rápida de servicios digitales
Las instituciones supervisadas deben vigilar sus servicios digitales en tiempo real, notificar eventuales interrupciones y remitir reportes detallados a la autoridad, tal como marca el Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por la Resolución SBS N° 2755-2018. La falta de comunicación, la reactivación tardía de un canal o la posible pérdida de datos son infracciones tipificadas y conllevan penalidad.
La ampliación del plazo del POR busca compatibilizar las capacidades reales del sector financiero con los requerimientos internacionales de continuidad operativa. Según el documento oficial, la SBS tomó la decisión después de recibir información técnica sobre avances y dificultades de implementación provenientes de las entidades bajo su supervisión, junto con la opinión favorable de las superintendencias adjuntas relevantes y la Gerencia de Riesgos.
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