
Grupo Gloria anunció oficialmente que este lunes 3 de noviembre se llevó a cabo el cierre de la transacción y la toma de control de la totalidad de las acciones representativas del capital social de Manantial SM S.A.C. (antes NABs S.A.C.), empresa titular del negocio de agua mineral San Mateo, tras la aprobación de la operación por parte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual Indecopi.
Con esta operación, la empresa Manantial SM SAC, con su marca San Mateo, pasa a formar parte de las empresas de Grupo Gloria, lo que representa “una nueva etapa en el fortalecimiento de su cartera de productos y ratifica su compromiso con el desarrollo del país”, señalaron en una nota de prensa.
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Así, la compañía asume la gestión de una marca con casi un siglo de historia y reconocimiento por su pureza y calidad. Su prioridad será mantener su esencia y fortalecer su crecimiento a través de la innovación, la sostenibilidad y la excelencia operativa.
La compañía, con más de 80 años de experiencia, apuesta por preservar el legado de la marca San Mateo y potenciar su desarrollo bajo los más altos estándares de calidad y responsabilidad empresarial.
El anuncio de esta operación se dio tres meses atrás en agosto, con la firma de un contrato para adquirir el 100 % de NABs S.A.C., la empresa responsable de la producción, embotellado y comercialización del agua mineral “San Mateo”.
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El acuerdo fue firmado con las compañías Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. y Backus Marcas & Patentes S.A.C., actuales propietarias de NABs S.A.C., quienes acompañarán el proceso de transición hasta su cierre formal. El negocio incluye no solo la marca San Mateo, sino también toda la infraestructura productiva y operativa asociada a ella.

Indecopi evaluó compra
De acuerdo con la Ley N.° 31112, que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial en el Perú, cualquier adquisición que supere ciertos umbrales financieros y de mercado debe pasar por un proceso de revisión para evitar riesgos a la libre competencia. En ese marco, Indecopi confirmó meses atrás a RPP que la solicitud presentada por Leche Gloria “se encuentra actualmente en etapa de calificación, durante la cual se verifica el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad exigidos por la Ley 31112”.
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Esta fase inicial tiene un plazo máximo de 25 días hábiles. Una vez admitida a trámite, se dará inicio a la evaluación sustantiva del caso, en la que el organismo analizará si la operación podría generar algún tipo de concentración de mercado que afecte la competencia o al consumidor final.
En caso de identificarse indicios de riesgo, se activará una segunda fase de evaluación, que podría extenderse hasta por 90 días hábiles, con una prórroga excepcional de 30 días adicionales. De lo contrario, la operación podrá ser autorizada en un plazo menor. “El tiempo efectivo dependerá de la complejidad del caso y la información disponible para la evaluación”, señaló Indecopi.
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Gloria busca ampliar su portafolio de bebidas
Con esta adquisición, el Grupo Gloria busca reforzar su presencia en el mercado de bebidas, más allá de su histórica participación en el rubro lácteo. La integración de San Mateo a su portafolio responde a una estrategia de expansión regional en la categoría de alimentos y bebidas.
“Reafirmamos así nuestro compromiso en el sector de alimentos en Latinoamérica y nuestra vocación de contribuir a la nutrición de las comunidades que servimos”, declaró Fernando Devoto, representante bursátil de Leche Gloria, en la comunicación oficial enviada a la SMV.

San Mateo, una marca reconocida por su origen natural y presencia nacional, representa un activo estratégico en el segmento de aguas minerales. Su consolidación bajo el control de Gloria podría reconfigurar la competencia en este rubro, donde actualmente participan otras marcas líderes como Cielo, San Luis y Cristalina.
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Aún falta la luz verde regulatoria
Por el momento, el Grupo Gloria deberá esperar el pronunciamiento de Indecopi antes de concretar la adquisición. De no encontrarse riesgos para la competencia, el ente regulador emitirá su aprobación y permitirá que la transacción se cierre conforme a los términos pactados.

Si se detectan posibles afectaciones al mercado, la operación será sometida a un análisis más profundo. En cualquiera de los casos, la resolución deberá conocerse dentro del plazo legal establecido, contando a partir de la admisión a trámite de la solicitud presentada.
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