Norma aprobada por el Congreso para condenar a menores de edad es “una respuesta populista que no tiene ningún sustento”, advierte experto

En diálogo con Infobae Perú, el abogado penalista Jonathan Correa explicó que crear más leyes o más penas, no tiene como consecuencia necesariamente la reducción de los delitos. Resaltó, además, que aplicar esta normativa implicaría gastos, como capacitar a los jueces o aumentar la capacidad carcelaria, que no han sido detallados en el dictamen

menores de edad
menores de edad podrían ser imputados de delitos gravos - crédito composición Infobae Perú / Andina / Perú Week
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El Congreso de la República aprobó por mayoría un proyecto de ley que tiene como fin poder condenar a menores de 16 y 17 años, con hasta cadena perpetua, por haber cometido delitos graves, como sicariato, extorsión y secuestro.

Durante la sesión del pleno del jueves 17 de octubre, la medida fue aprobada con 57 votos a favor, 30 en contra y 9 abstenciones, a pesar de que un sector de los legisladores expresaron su rechazo.

En diálogo con Infobae Perú, Jonathan Correa, abogado penalista del Estudio Ugaz Zegarra, aseguró que esta normativa “no responde a un estudio serio de la forma en cómo se debe dar un cambio normativo”, sino que es “simplemente una respuesta populista que no tiene ningún sustento”. Incluso, desde su perspectiva, la ley es inconstitucional. “Debe sr declarada así por el TC, eventualmente”, comentó.

Los parlamentarios no se pusieron de acuerdo y los proyectos pasaron, por tercera vez, a cuarto intermedio. Foto: Congreso de la República
Los parlamentarios no se pusieron de acuerdo y los proyectos pasaron, por tercera vez, a cuarto intermedio. Foto: Congreso de la República

Problemas en su posible aplicación

De acuerdo con Correa, crear nuevas normas no garantiza una reducción en los delitos. En el caso de específico del proyecto aprobado por el Legislativo, sostiene que lo único que está haciendo es incrementar que hace es “incrementar los supuestos para responsabilizar a menores de edad y no estudia todo lo que englobaría para el sistema jurídico y qué cambios abordaría más allá de la esfera penal”.

“Yo puedo decir que he creado mil delitos y ahora van a dejar de existir los delitos, y eso no es verdad. Al final del día las figuras se van a seguir cometiendo, y la sensación de impunidad no se va porque está la norma para castigar a un niño de 14 o 16 años. La sensación de impunidad se da porque los administradores de justicia no se muestran como capaces de gestionar los casos en un plazo razonable. Al final terminas con justicia que llega después de 20 años, de 15 años, donde recién reciben sentencia”, resaltó.

También explica que aplicar esta ley implicaría gastos mayores a los proyectados. El especialista señala que si bien se menciona en el dictamen, que se incurrirá en gastos de capacitación para operadores de justicia, no especifican los montos necesarios.

“En la actualidad todos los penales están en hacinamiento, ¿cómo es que van a afrontar una nueva realidad en la que supuestamente de ser efectiva esta norma va a implicar un incremento de la población carcelaria”, cuestionó.

crimen organizado
El Congreso de la República aprobó la normativa en el pleno de este jueves 17 de octubre - crédito Andina

“Ese detalle nunca lo han analizado y nunca lo van a decir, porque en realidad no es un estudio serio de cómo aplicar la norma, si no es simplemente demagogia, es un tema de aprobar una norma por aprobarla, y no solucionar realmente los problemas”, añadió.

La diferencia entre mayores y menores

Por otra parte, el abogado penalista recuerda que existe una diferencia clara en cuanto al manejo de infractores mayores y menores de edad. Explica que el sistema debe enfocarse en resocializar a los que ya han cumplido 18 años en adelante, quienes tienen que ser “reeducados”, pero esto cambia para los adolescentes, ya que en este caso la misión es formarlos.

“Se quiere que los adolescentes vayan presos sin mayor análisis, de cuál es el efecto en esta persona. Muchas veces ellos son utilizados para este tipo de delitos (sicariato, extorsión, etc.), y la norma no te prevé en este tipo de discrecionalidad”, manifestó.

“Como hay una gran incapacidad por parte del Estado (para resolver estos problemas), lo único que pueden hacer es crear más normas, más leyes, y más penas, pero es como con el tema del terrorismo urbano, se crea un nuevo tipo penal, pero de qué me sirve si al final hay fiscales corruptos, hay jueces que no hacen su trabajo, que no investigan bien”, añadió.

ley de impunidad
Ley de impunidad - crédito composición Infobae / Andina / Congreso

Una posible repercusión internacional

Otro de los problemas del dictamen, según Correa, es que todos los sectores que participan de alguna manera en la administración de justicia, como el Poder Judicial y la Defensoría del Pueblo, así como académicos, expresaron que la normativa era inviable, citando a la Constitución y la Convención de los Derechos del Niño, documento el cual el Estado peruano también ha ratificado.

“Si se da esta norma, no se puede decir que nunca nadie me advirtió que esto vulnera estos derechos, ya que desde su propio dictamen, un documento elaborado por ellos, se resume lo que las entidades han mencionado, advierten que obviamente va a tener repercusiones a nivel internacional”, sostuvo.

“El propio dictamen hace un análisis de proporcionalidad para ver si es útil o no es útil, y ellos determinan dentro de su propio análisis que la medida no es idónea, que no es necesaria (...). Dice que de alguna manera nos va a ayudar a combatir el crimen organizado, pero nosotros nos preguntamos, si no ha superado la valla de proporcionalidad y necesidad, cómo pueden analizar la siguiente valla, si ni siquiera pasaron los primeros filtros mínimos para poder decir que esta norma es siquiera discutible. Es un absurdo total”, añadió.

En julio de este año, la Defensoría del Pueblo recordó que esta propuesta colisionaba directamente con lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, donde se señala que todos los adolescentes menores de 18 años, sin excepción, que cometan algún delito o infracción penal, deben ser procesados en tribunales o juzgados distintos al de personas adultas.

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