
“¿Quiere que le incluya el 5%, 10%, 20% o 30% de propina?”. La pregunta de los meseros es habitual en los restaurantes de Panamá al entregarle la factura a los comensales, por lo que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) reiteró que la gratificación por el servicio recibido es completamente voluntaria.
Por ello, ningún establecimiento puede exigirla, y menos incluirla de antemano en la factura.
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La disposición, según la entidad gubernamental, está contemplada en la Ley 45 de 2007, específicamente en su artículo 56 sobre la información de precios, el cual fue modificado por la Ley 34 de 2 de agosto de 2016.
Ante esta norma, se reitera que sin un restaurante incluye la propina dentro del total de la cuenta, el cliente tiene el derecho de decidir si la paga o no.
En cuanto al porcentaje sugerido, el jefe del Departamento de Investigación de la Acodeco, Jaime Guzmán, señaló que en algunos comercios oscila entre el 10% y el 30%.
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Aclaró que no existe una regulación al respecto, aunque manifestó que la práctica más común es sugerir un 10%.
“El agente económico puede sugerir la propina, pero su pago no es obligatorio”, enfatizó.
Guzmán manifestó que el monto de la propina queda a criterio del consumidor, quien puede determinarlo según la calidad del servicio, la atención recibida y su nivel de satisfacción.
Muchas de las denuncias que se presentan ante la entidad de protección al consumidor surgen cuando en la factura no se detalla claramente el consumo y la propina sugerida, lo que puede generar confusión en el cliente.
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La Acodeco también informó que entre 2019 y marzo de este año ha impuesto un total de 393 sanciones, que suman $98,435.00, por incumplimientos a la ley que regula el uso de bolsas reutilizables.

En Panamá es común que los comercios vendan las bolsas reutilizables, que vienen en diferentes materiales con la publicidad del establecimiento incluida.
Al detallar el principal motivo de estas sanciones, se indicó que corresponde al incumplimiento del requisito de contar con el certificado de conformidad, con 317 casos que representan multas por $74,500.00.
Este documento es indispensable para la comercialización de bolsas reutilizables y debe ser obtenido por los agentes económicos ante la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias, entidad encargada de los procesos de normalización técnica, evaluación de la conformidad y certificación de calidad.
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La entidad también registró 47 sanciones por no declarar el costo de las bolsas reutilizables, por un monto de $13,885.00, mientras que se impusieron 22 multas por cobrar precios superiores al costo declarado ($8,850.00) y siete sanciones por no mantener los precios a la vista ($1,200.00).
De acuerdo con la normativa vigente, la Acodeco es la entidad responsable de fiscalizar que las bolsas reutilizables se vendan al precio de costo declarado por los agentes económicos, así como de aplicar las sanciones correspondientes conforme a la Ley 45 de 2007.

Esta legislación fue creada con el objetivo de reducir el uso de bolsas plásticas de polietileno y fomentar el uso de alternativas biodegradables, para tratar de disminuir la contaminación ambiental y el impacto negativo en la fauna.
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La medida entró en vigencia el 20 de julio de 2019 para supermercados, farmacias y comercios minoristas, y desde el 20 de enero de 2020 para mayoristas.
La normativa establece que estas bolsas deben venderse al precio de costo o por debajo del mismo, o de lo contrario los establecimientos se exponen a sanciones, indicó en una nota de prensa la entidad de protección al consumidor.
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