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La justicia francesa niega validar condena de Nicaragua por 800 millones de dólares contra firmas químicas de Estados Unidos

La corte argumenta que el dictamen nicaragüense vulnera principios internacionales y considera desproporcionadas las indemnizaciones establecidas, lo que impide su aplicación en suelo francés y dificulta reclamaciones adicionales en Europa

La justicia francesa considera que la condena por 800 millones de dólares a empresas estadounidenses por daños a recolectores de bananas viola el orden público internacional. (Foto: Dow Chemical)
La justicia francesa considera que la condena por 800 millones de dólares a empresas estadounidenses por daños a recolectores de bananas viola el orden público internacional. (Foto: Dow Chemical)
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El Tribunal de Apelación de París rechazó este martes el reconocimiento en Francia de una sentencia dictada en Nicaragua contra tres compañías estadounidenses del sector químico, en la que se exigían indemnizaciones por 800 millones de dólares por daños a recolectores de bananas.

Según informó EFE, la decisión representa un nuevo revés judicial para los demandantes nicaragüenses en su intento de ejecutar la condena en territorio francés.

La corte parisina denegó el exequátur, procedimiento que permite la ejecución de sentencias extranjeras, contra Dow Chemical, Shell Oil y Occidental Chemical, argumentando que la resolución de la justicia nicaragüense “viola el orden público internacional sustantivo”.

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De acuerdo con el fallo, las sumas fijadas por los tribunales de Nicaragua para los afectados “parecen manifiestamente desproporcionadas”, hecho que llevó a los magistrados a no validar la ejecución en Francia.

EFE detalló que los demandantes deberán asumir las costas del juicio y que sus representantes tienen previsto recurrir ante el Tribunal Supremo.

Los abogados de los ex recolectores de bananas del departamento de Chinandega atribuyeron a las empresas estadounidenses “maniobras fraudulentas” para evitar la aplicación de la condena por contaminación con pesticidas DBCP, producto prohibido en Estados Unidos desde 1979, pero que continuó utilizándose en varias regiones de América Latina. La sentencia dictada en 2013 por la justicia nicaragüense consideró probado que la exposición a DBCP causó diferentes tipos de cáncer, esterilidad y daños orgánicos en 1,246 trabajadores agrícolas.

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Abogados de ex recolectores atribuyen a Dow Chemical, Shell Oil y Occidental Chemical maniobras fraudulentas para evitar la ejecución de la condena por uso de DBCP. (Cortesía: El 19 digital)
Abogados de ex recolectores atribuyen a Dow Chemical, Shell Oil y Occidental Chemical maniobras fraudulentas para evitar la ejecución de la condena por uso de DBCP. (Cortesía: El 19 digital)

Según EFE, la defensa de las compañías cuestionó la imparcialidad del sistema judicial de Nicaragua y calificó el caso como prescrito, señalando que habían transcurrido más de diez años desde la primera condena en 2006. Sostuvieron además que el procedimiento está afectado por “un enorme fraude, con falsas víctimas y testimonios”, y que la responsabilidad recae en los empleadores locales, no en las firmas que desarrollaron los químicos.

Las empresas estadounidenses han enfocado su estrategia en desacreditar la validez de la decisión judicial nicaragüense para evitar el reconocimiento de responsabilidades en otras jurisdicciones. Este mecanismo jurídico permitiría la ejecución de la sentencia en territorios europeos donde las empresas estadounidenses mantienen activos, abriendo la posibilidad de reclamar indemnizaciones fuera del ámbito latinoamericano.

La justicia francesa considera que la condena por 800 millones de dólares a empresas estadounidenses por daños a recolectores de bananas viola el orden público internacional. ( Cortesía: Andrew Fackler / Flickr)
La justicia francesa considera que la condena por 800 millones de dólares a empresas estadounidenses por daños a recolectores de bananas viola el orden público internacional. ( Cortesía: Andrew Fackler / Flickr)

Los demandantes buscaban que Francia reconociera la sentencia de Nicaragua bajo el principio jurídico del exequátur, con la intención de facilitar su ejecución en otros países de la Unión Europea donde las empresas estadounidenses mantienen activos.

De acuerdo con la acusación, las indemnizaciones iniciales por unos 800 millones de dólares habrían ascendido actualmente a 2,000 millones de dólares, sumando intereses y actualizaciones.

En 2022, el Tribunal Judicial de París ya había favorecido a Dow Chemical, Shell Oil y Occidental Chemical, al considerar que las compañías solo se hallan bajo la jurisdicción de tribunales estadounidenses, lo que excluía la competencia de la justicia de Nicaragua en este conflicto. La sentencia de ahora confirma esa línea, consolidando la posición de las empresas ante los reclamos internacionales.

EFE recogió el malestar de los demandantes tras la decisión y la intención de continuar el proceso legal en las instancias superiores de Francia.

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