
El presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, pidió revocar una decisión de la Cámara en lo Penal Económico que le impidió seguir defendiéndose en la causa donde está procesado por no depositar en el plazo legal 19.000 millones de pesos en aportes retenidos y advirtió que se trata de una resolución basada en una “ficción procesal” que vulnera garantías constitucionales.
A través de lo que se conoce como un “recurso de reposición”, el abogado de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y de Tapia, Luis Charro, sostuvo que el tribunal aplicó una sanción por no concurrir a una audiencia que, en los hechos, ya no existía.
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Apelación “desierta”
La semana pasada, la Cámara declaró “desierto” el recurso de apelación de Tapia y cerró la puerta a que su defensa presente más argumentos contra el procesamiento, embargo y prohibición de salida del país que le dictó el juez en lo penal económico Diego Amarante.
“El fundamento esencial de la sanción es la incomparecencia a una audiencia oral que no se celebra materialmente”, planteó la defensa, y remarcó que la decisión “se apoya en una ficción: la ausencia a una audiencia inexistente”, subrayaron.
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El planteo apuntó a la aplicación del artículo 454 del Código Procesal Penal, que prevé que un recurso puede declararse desierto si quien lo interpuso no sostiene sus argumentos en una audiencia oral. Sin embargo, según recordó la defensa, ese esquema fue modificado durante la pandemia de Covid 19 y reemplazado por la opción a presentar escritos.
En ese contexto, sostuvo que “no resulta jurídicamente admisible conservar las consecuencias propias del régimen anterior sobre una estructura procesal que ya no existe en los hechos”.
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La resolución cuestionada consideró que la defensa no cumplió con esa instancia y, por lo tanto, tuvo por abandonada la apelación contra el procesamiento y las medidas cautelares dictadas en la causa. Pero para el abogado de Tapia, esa conclusión implica un “exceso de rigor formal” que termina frustrando el derecho a defensa.
La apelación “ya había sido válidamente interpuesta, fundada y concedida”, por lo que su subsistencia no puede depender de una presentación complementaria, agregó el abogado.
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Error de interpretación
Además, sostuvo que no hubo desinterés ni abandono del planteo, sino en todo caso “un error de interpretación” en medio de una secuencia procesal confusa, con audiencias reprogramadas y múltiples imputados.
En esa línea, advirtió que la sanción aplicada resulta desproporcionada porque “no existe afectación alguna al trámite del proceso ni perjuicio para las restantes partes”, mientras que sí implica la pérdida de una instancia de revisión judicial.
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El escrito también invoca jurisprudencia de la Corte Suprema que cuestiona el “ritualismo excesivo” cuando se traduce en la frustración de derechos de jerarquía constitucional, y sostiene que, ante cualquier duda, debe prevalecer la interpretación más favorable al ejercicio del derecho de defensa.
Ahora, la Cámara deberá decidir si revoca su propia resolución y habilita el tratamiento del recurso de apelación de Tapia y la AFA.
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La audiencia, que había sido fijada para el 24 de abril, buscaba escuchar los argumentos en persona o por escrito, pero la defensa se presentó recién el 28 de abril, fuera del plazo legal, según la resolución firmada por los jueces Roberto Hornos y Carolina Robiglio.
“El cumplimiento de los términos constituye una garantía para las partes y al exigirse estrictamente el respeto de aquellos se garantiza el principio de bilateralidad que forma parte de la garantía del debido proceso, se asegura a los litigantes el derecho de defensa en juicio establecido por la Constitución Nacional.”, argumentaron los camaristas al declarar desierto el recurso de Tapia y de la AFA como persona jurídica.
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En ese sentido, el abogado defensor de la Asociación del Fútbol Argentino y de Tapia “no invocó razones por las cuales no presentó el memorial respectivo en forma previa, cuanto menos, al momento de la audiencia dispuesta, ni efectuó un pedido de postergación de aquel acto con anterioridad al mismo”, se explicó en ese fallo judicial.
El futuro de la dirigencia de AFA
Los procesamientos de Tapia, el tesorero Pablo Toviggino y los otros tres dirigentes futbolísticos acusados están bajo revisión de la Cámara que reprogramó una vez más la audiencia, esta vez para el 11 de mayo. Las defensas reclamaron que se revoquen y se dicten sobreseimientos.
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Tanto el fiscal en lo penal económico Claudio Navas Rial como la querella de ARCA fueron a la Cámara para cuestionar la decisión de excluir de la acusación delitos vinculados a la falta de pago en término de retenciones por publicidad a los clubes de fútbol. Pidieron agravar la acusación en ese aspecto y elevar los embargos. La postura fue ya respaldada por el fiscal ante esa instancia, Gabriel Pérez Barberá.
Con estos planteos sobre la mesa, la Cámara en lo Penal Económico deberá definir si confirma los procesamientos, los agrava o hace lugar a los recursos y revoca —total o parcialmente— la decisión. El fallo será clave para determinar si la investigación avanza hacia un juicio oral o si, por el contrario, se desmorona la acusación contra los principales dirigentes del fútbol argentino.
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