
La causa por el Vacunatorio VIP fue elevada a juicio y quedó a cargo del Tribunal Oral Federal 6, integrado por tres jueces subrogantes: Enrique Méndez Signori, Diego García Berro y Adriana Palliotti.
En este expediente se investigan presuntas irregularidades en la aplicación de vacunas contra el COVID-19 a personas que no estaban aún habilitadas a recibir su dosis, en el periodo comprendido entre finales de 2020 y febrero de 2021.
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Los tres imputados que llegan a juicio por abuso de autoridad y peculado son Marcelo Ariel Guille, exsecretario del entonces ministro de Salud Ginés González García; el exsubsecretario de Estrategias Sanitarias, Alejandro Salvador Costa; y el exdirector ejecutivo del Hospital Posadas, Alejandro Alberto Maceira.
También se investigaba el papel de Ginés González García, quien falleció a los 79 años a pocos días de haber sido procesado.
El fiscal federal Eduardo Taiano, junto con el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, evaluaron tres hechos que implican el desvío de 51 dosis sin respetar el protocolo de salud vigente en esos días, en medio de un contexto de escasez de vacunas.
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Los hechos imputados
Según la pesquisa, se utilizaron 10 dosis contra el COVID-19 que estaban asignadas al Hospital Posadas, para ser trasladadas por orden de González García hacia la sede del Ministerio de Salud de la Nación, e inocular a personas por fuera de lo dispuesto en el Plan Estratégico que describe la Resolución 2883/20.

En este sentido, el requerimiento de elevación a juicio señala que “quedó verificado que fue Ginés González García quien comprometió dosis por fuera del esquema previsto a ciertas personas cercanas a él y puso a disposición las oficinas del segundo piso del Ministerio de Salud de la Nación para que se pudiera llevar a cabo la inoculación irregular”.
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El día 18 de febrero de 2021 tanto Alberto Maceira como Marcelo Guille ejecutaron la orden “con pleno conocimiento de la ilegalidad de la maniobra”.
Los beneficiarios fueron “Seza Manukian, Horacio Verbitsky (aunque se lo consignó como Verbinsky), Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Felix Eulogio Guille, Florencio Aldrey, Jorge Enrique Taiana, Salomón Schachter y Eduardo Felix Valdes”. Ninguno de ellos cumplía los requisitos para su encuadramiento bajo el segmento “Personal de Salud” o “Personal Estratégico”.
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El segundo de los hechos imputados se basa en el uso de 5 dosis contra el COVID-19 que el 1 de febrero de 2021 fueron llevadas al domicilio para aplicarlas al expresidente Eduardo Duhalde, su esposa Hilda Beatriz González, sus hijas Juliana y María Eva Duhalde, y al secretario privado del exmandatario, Carlos Alberto Mao.

El ejecutor de la disposición de Ginés González García fue Alejandro Costa, quien “personalmente aplicó dosis sustraídas de la esfera del Ministerio de Salud de la Nación, teniendo pleno conocimiento de que los beneficiarios no formaban parte de las categorías autorizadas por la norma”.
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El tercero de los episodios incluidos en esta causa refiere que entre el 29 de diciembre de 2020 y el 23 de febrero de 2021 Alberto Maceira, en su carácter de director ejecutivo del Hospital Posadas, ordenó tomar al menos 36 dosis contra el COVID-19 “para inocular en ese nosocomio a veintitrés personas elegidas discrecionalmente por afinidades y/o compromisos personales, que no cumplían con los criterios de prioridad epidemiológicos”.
La lista de vacunados incluye a Lucía Antolini, Irene Ibón López, Néstor Eduardo Mandraccio, Adriana Mónica Avella, Rito Ramírez, Horacio Alejandro Cortez, María Felisa Mango, Marcelo Jorge Duhalde, Celina María Isabel Vega, Claudio Daniel Pardo, María Alejandra Cottini, Gabriel Adrián Michi, Camilo Martelletti, Inés del Carmen Páez Dalessandro, Graciela Margarita Miranda, María de los Ángeles Domínguez, Patricia Alsua, Esteban Collazo, Lorenzo Antonio Pepe, Filomena Marta Burgos, Jorge Héctor Devoto, Hugo Curto, Miguel Ángel González. Muchos de ellos recibieron la dosis de refuerzo.
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Abuso de autoridad y peculado
Los tres procesados en la causa por Vacunatorio VIP fueron enviados a juicio oral acusados de abuso de autoridad y peculado.
El primero de los delitos está contenido por el artículo 248 del Código Penal de la Nación que establece que será reprimido con prisión de un mes a dos años el funcionario público que incumpla las normas que regulan la administración pública.
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Los fiscales señalaron que “en el caso bajo examen, cada orden emitida y ejecutada a los efectos de inocular a una persona al margen de la secuencia establecida implicó una violación a lo dispuesto por el Plan Estratégico de Vacunación”.
Por su lado, el artículo 261 del Código Penal establece que “será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años el funcionario público que sustrajere bienes públicos para provecho propio o de un tercero”.
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Sostuvieron que en los hechos investigados “la sustracción se produjo con la extracción de dosis que se encontraban asignadas a la esfera del Hospital Posadas (organismo descentralizado) o al Ministerio de Salud de la Nación, en cumplimiento de una orden ilegítima emitida por el funcionario que las administraba, y su posterior utilización para vacunar a personas no autorizadas”.
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