
Un tribunal de Neuquén declaró penalmente responsable a un hombre acusado de abusar sexualmente de una adolescente, al término de un juicio en el que la fiscalía sostuvo que los hechos ocurrieron en 2020. El imputado, R.R.C., permanece bajo reserva para resguardar la identidad de la víctima.
El fallo fue dictado por el tribunal integrado por Juan Pablo Encina, Luciano Hermosilla y Natalia Pelosso. Por el Ministerio Público Fiscal intervino el fiscal del caso Gastón Medina, mientras que la Defensoría de los Derechos del Niño participó como querellante institucional en representación de la víctima, menor de 18 años.
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El acusado comenzó a ser juzgado el martes de la semana pasada aunque estaba previsto para el lunes pero el imputado no se presentó al inicio del debate. Esa ausencia motivó que fuera declarado rebelde y trasladado por la Policía hasta la sala de audiencias.
Los magistrados lo declararon responsable por “abuso sexual simple agravado por la convivencia preexistente y abuso sexual con acceso carnal agravado, en concurso real”. Además, la calificación legal contempla como agravante el vínculo de convivencia que existía entre el acusado y la adolescente. La audiencia para discutir el monto de la pena fue fijada para el 31 de agosto.
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Al comunicar el veredicto, el juez Encina explicó que la resolución se apoyó en una valoración integral de la prueba producida durante el juicio. El tribunal dio por acreditados los hechos a partir del testimonio de la víctima en cámara Gesell, las pericias psicológicas y médicas sumadas al debate y las declaraciones de profesionales y familiares que intervinieron durante el proceso.
De acuerdo con lo expuesto en el juicio, los abusos ocurrieron entre marzo y junio de 2020, en un contexto en el que la adolescente convivía con el acusado por una situación de vulnerabilidad económica y habitacional.
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El tribunal indicó que la defensa no controvirtió la existencia de esa convivencia y que la discusión se centró en la ocurrencia de los hechos y en la autoría atribuida al imputado. Los jueces concluyeron que la prueba presentada por la fiscalía permitió acreditar, “más allá de toda duda razonable”, tanto los hechos como la responsabilidad penal de R.R.C.
Tras el veredicto, Medina pidió que el acusado continuara detenido. El fiscal recordó que el hombre había incumplido medidas judiciales previas y que tampoco asistió al inicio del juicio, circunstancia que derivó en su declaración de rebeldía y en una posterior recaptura mediante un allanamiento.
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La Defensoría de los Derechos del Niño acompañó el planteo de la fiscalía y sostuvo que la continuidad de la detención era necesaria para asegurar el avance del proceso judicial, evitar nuevos incumplimientos del acusado y garantizar una respuesta efectiva para la víctima.
La resolución del tribunal no implica todavía una condena definitiva, ya que en esta etapa del proceso sólo quedó establecida la responsabilidad penal del acusado. Con este veredicto, el juicio ingresó en la etapa de cesura, que es la instancia en la que se discute exclusivamente la pena a imponer.
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Mientras tanto y tras escuchar a las partes, el tribunal resolvió extender la prisión preventiva por tres meses al considerar que persiste el riesgo de que el acusado no se someta al proceso. Los jueces señalaron que las medidas menos restrictivas aplicadas con anterioridad no resultaron suficientes y que la declaración de responsabilidad refuerza la probabilidad de una condena de cumplimiento efectivo.
En la próxima audiencia, prevista para el 31 de agosto donde la fiscalía, la querella y la defensa podrán exponer sus argumentos sobre el monto de la sanción, a partir de la calificación legal establecida por el tribunal y de las circunstancias acreditadas durante el debate.
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