
La defensa de la condenada ex presidenta Cristina Kirchner reclamó este viernes que se deje sin efecto el decomiso de 19 propiedades en Santa Cruz de sus hijos Máximo y Florencia, ordenado en la causa Vialidad, y advirtió que hay un “acto de persecución política enmascarado bajo el ropaje de una pretendida resolución judicial”.
Por su parte, el fiscal ante la Cámara Federal de Casación, Mario Villar, postuló que deben rechazarse todos los recursos de las defensas y seguir adelante con la incautación y futuro remate de 111 bienes pertenecientes a la ex presidenta, sus hijos y al también condenado Lázaro Báez como parte del decomiso fijado en $684.990.350.139,86.
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La sala IV del máximo tribunal penal federal del país tenía prevista una audiencia para este viernes a las 11 pero todas las partes optaron por presentar “breves notas” y no exponer de manera oral. Ahora los camaristas Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña quedaron en condiciones de resolver.
En esta parte del caso se juega el destino de 111 bienes de la ex presidenta, sus hijos, el dueño de “Austral Construcciones” Lázaro Báez y empresas, entre ellas el hotel Los Sauces. El decomiso de todos ellos se ordenó el 18 de noviembre de 2025 por parte del Tribunal Oral Federal 2. Esto ocurrió luego de que Casación confirmó la actualización del monto a decomisar fijado en casi 685 mil millones de pesos.
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Bienes “legítimos” de los hijos de CFK
Los abogados defensores de CFK, quien cumple bajo arresto domiciliario la condena a seis años de prisión por administración fraudulenta, reclamaron que se deje sin efecto ese decomiso ordenado por el Tribunal Oral Federal 2.
La medida “no constituye una derivación razonada del derecho vigente y de las constancias de la causa, sino importa una nueva expresión del denominado derecho creativo, inventado hace años para perseguir a nuestra representada” y que ahora es “utilizado para castigar también a su núcleo familiar”.
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“Indudablemente, estamos frente a un acto de persecución política enmascarado bajo el ropaje de una pretendida resolución judicial”, agregaron los letrados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy.
Los abogados sostuvieron que todavía “no existen decisiones judiciales firmes en torno a la cuantía del decomiso dispuesto” ni sobre cuáles son los bienes sujetos a la sanción penal, porque hay recursos de apelación pendientes, incluso en trámite ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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Por ello todo trámite al respecto debe suspenderse para “evitar perjuicios de imposible reparación ulterior”, advirtieron en su escrito. Por eso pidieron a Casación que revoque la decisión del TOF2 y ordene la suspensión de todas las actividades administrativas y ejecutivas que buscan concretar la entrega de esos bienes a la Corte Suprema como administradora.
Si se avanza se trataría de una “confiscación de bienes legítimamente adquiridos por Máximo y Florencia Kirchner“.

“Todos los bienes que conforman el patrimonio de Máximo y Florencia Kirchner tienen origen lícito, lo cual ha sido acreditado por la justicia con calidad de cosa juzgada en diversos fallos. Lo propio ocurre con los actos jurídicos a través de los cuales, legalmente y con total buena fe, Máximo y Florencia Kirchner recibieron estos activos por parte de sus progenitores“, argumentó la defensa.
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En relación a ello, al “no mediar sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada en torno a estas cuestiones, que conllevan al desapoderamiento definitivo de bienes legítimamente adquiridos por Máximo y Florencia Kirchner, deberá suspenderse la tasación, la inscripción registral, la puesta a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación o de cualquier otra entidad, la realización y la ejecución de las propiedades aludidas”, enumeraron.
De lo contrario, “se concretará una privación del derecho de propiedad sin una sentencia judicial firme y fundada en ley anterior al hecho del proceso, en franca violación a lo previsto en el art. 17 de la Constitución Nacional”, concluyeron los defensores.
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La decisión sobre los bienes de los hijos “avasalla el derecho de propiedad, el principio de legalidad, el principio de inocencia, el modelo acusatorio, el derecho de defensa en juicio, el valor de la cosa juzgada y el principio de culpabilidad“ y de ser necesario podrían recurrir a organismos internacionales, concluyeron.
“Evitar la impunidad”
El fiscal ante Casación Mario Villar postuló por su parte el rechazo de todos los recursos que se presentaron para intentar evitar la ejecución de la condena en relación a los bienes.
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También apeló la defensa del condenado Lázaro Báez y las de los exfuncionarios Nelson Periotti y Raúl Pavesi. A su vez Máximo y Florencia Kirchner interpusieron sus propios recursos.
La medida, argumentó la fiscalía, “no constituye una sanción autónoma ni una pena nueva, sino la consecuencia necesaria y legal de una condena penal firme, dictada tras un proceso que respetó plenamente las garantías del debido proceso”, según el escrito fiscal al que tuvo acceso Infobae.
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Villar advirtió que el decomiso “no aparece como una extensión indebida de la pena, sino como un instrumento indispensable para asegurar la eficacia material de la condena, especialmente en delitos complejos de corrupción organizada”.

El Tribunal Oral Federal 2 que llevó adelante el juicio oral y tiene que ejecutar la pena “señala correctamente que, en el caso en estudio, el decomiso fue expresamente dispuesto en la sentencia condenatoria y cuantificado en una suma determinada, quedando pendiente únicamente su ejecución concreta mediante la identificación y realización de bienes aptos para satisfacer ese monto”.
La resolución no modifica el contenido de la condena ni introduce nuevas obligaciones, “sino que se limita a hacer operativa una consecuencia penal ya establecida, conforme a las reglas propias de la etapa de ejecución”.
“Se pretende, de esta manera, evitar la impunidad en estos hechos graves, privar a las personas implicadas del producto de sus actividades delictivas y generar conciencia de la gravedad de estos sucesos en el rumbo de los pueblos”, concluyó la fiscalía.
El caso Vialidad
La condena contra la ex presidenta y los demás acusados en la causa Vialidad quedó firme el 10 de junio de 2025, cuando la Corte Suprema de Justicia rechazó los recursos extraordinarios y confirmó el veredicto emitido por el TOF 2 y ratificado por la Casación Federal.
La expresidenta fue condenada a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Actualmente cumple su pena en prisión domiciliaria, en un departamento de la calle San José 1111, en la Ciudad de Buenos Aires.
En la misma sentencia fueron condenados Lázaro Báez; el ex secretario de Obras Públicas José Francisco López; el ex titular de Vialidad Nacional Nelson Guillermo Periotti; los ex funcionarios de Vialidad Provincial de Santa Cruz Raúl Gilberto Pavesi, Raúl Osvaldo Daruich, Mauricio Collareda, José Raúl Santibáñez y Juan Carlos Villafañe.
A todos se los halló responsables del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. en el marco de la adjudicación de contratos de obra pública vial nacional en la provincia de Santa Cruz, a favor de empresas vinculadas a Báez, con direccionamiento, sobreprecios y otras irregularidades, según dio por probado la Justicia.
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