
La Corte Suprema de Justicia rechazó este jueves un recurso de reposición presentado por el exministro de Planificación Federal Julio De Vido en un último intento por revertir la condena a cuatro años de prisión e inhabilitación perpetua que recibió como partícipe necesario del delito de defraudación contra la administración pública en el segundo tramo de la causa por la tragedia ferroviaria de Once. Ese planteo estaba dirigido contra la decisión dictada el 11 de noviembre pasado, que dejó firme la sentencia impuesta por la Cámara Federal de Casación Penal.
La resolución cierra así la vía recursiva ante el máximo tribunal. La defensa del ex funcionario procuraba que la Corte reconsiderara el rechazo del recurso extraordinario interpuesto contra la condena, en el que sostenía que la acción penal debía declararse prescripta.
El recurso de reposición, limitado por ley a solicitar que el tribunal revise decisiones inmediatas dictadas en el mismo expediente, planteaba que la Corte debía habilitar el tratamiento del recurso extraordinario. El 11 de noviembre, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti habían declarado inadmisibles tanto el planteo de la defensa como el de la Fiscalía -que buscaba una pena mayor en su contra- y habían confirmado el pronunciamiento de Casación.

La causa por la que fue condenado De Vido forma parte del segundo tramo judicial derivado de la tragedia ferroviaria del 22 de febrero de 2012 en la estación porteña de Once, donde murieron 52 personas y 789 resultaron heridas luego de que una formación de la línea Sarmiento no frenara al ingresar al andén. Esta etapa del proceso se centró en el control de los fondos públicos asignados al sistema ferroviario durante la gestión del entonces ministro.
El Tribunal Oral Federal (TOF) N° 4 dictó la sentencia inicial el 10 de octubre de 2018. Condenó a De Vido a cinco años y ocho meses de prisión e inhabilitación perpetua por administración fraudulenta y lo absolvió del delito de estrago culposo. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó esa decisión en diciembre de 2020.
El 1° de agosto de 2024, la Corte revisó parcialmente la sentencia: mantuvo firme la responsabilidad penal y ordenó a Casación, máxima instancia penal del país, dictar un nuevo pronunciamiento sobre el monto de la pena. El 30 de abril de este año, la Sala III fijó una condena de cuatro años de cárcel, lo que generó nuevas impugnaciones de la defensa de De Vido.

Así las cosas, en junio pasado el Tribunal Oral N° 4 rechazó un planteo de prescripción formulado por el exministro, y el 16 de octubre la Sala III declaró inadmisible el recurso presentado contra esa decisión. En ese fallo, los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña conformaron la mayoría, mientras que Carlos Mahiques consideró que debía habilitarse el análisis del planteo.
La resolución de Casación dejó el expediente en condiciones de ser revisado por la Corte Suprema mediante el recurso extraordinario, posteriormente rechazado en noviembre. Contra esa decisión se interpuso el recurso de reposición ahora desestimado.
La tragedia de Once contó con un primer juicio, que concluyó en diciembre de 2015. En ese proceso, el Tribunal Oral Federal N° 2 condenó al maquinista Marcos Córdoba, a directivos de Trenes de Buenos Aires (TBA) y a los exsecretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi. Las penas incluyeron prisión efectiva y quedaron firmes después de sucesivas revisiones judiciales. Ese primer debate estableció responsabilidades operativas y de gestión en la prestación del servicio ferroviario al momento del accidente.

El juicio posterior examinó responsabilidades vinculadas al control del financiamiento, la administración de los subsidios y la supervisión de los contratos asociados al sistema ferroviario. Los tribunales concluyeron que existió una defraudación al Estado por incumplimiento de deberes de control respecto de los fondos asignados a la concesionaria del servicio, en manos de Trenes de Buenos Aires (TBA).
La decisión de la Corte de rechazar el recurso de reposición deja firme la condena en todos sus términos. El expediente, con la pena ya definida y sin recursos pendientes ante el máximo tribunal, queda así en condiciones de avanzar hacia su ejecución en manos del TOF 4.
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