
La Cámara Federal de Casación dejó firme la condena a 12 años de prisión de un hombre acusado de secuestrar a un chico de diez años en la Villa Zavaleta con el fin de cobrar un rescate a cambio de su liberación. La pena estuvo agravada porque el imputado participó del hecho junto a otras tres personas, quienes le exigieron a la madre del menor un pago de 300.00 pesos. La Policía Federal pudo dar con la víctima casi dos días después del secuestro en una habitación de un hotel donde se encontraba a oscuras y atado de pies y manos.
El hombre en cuestión es Carlos Jefferson Paz Valle, de 36 años de edad, quien recibió la condena a prisión por parte del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 5 porteño en octubre del año pasado tras comprobar que formó parte -junto a una mujer y tres hombres más- de la organización del secuestro del niño mientras caminaba por el asentamiento conocido como villa 21-24, del barrio porteño de Barracas.
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El hecho ocurrió el 23 de mayo de 2016 cerca de las 7 de la tarde, cuando el menor salió de su casa a comprar algo al kiosco. Quien lo secuestró fue Vera Ramírez, amiga y vecina de su familia, que se lo llevó engañado primero a su domicilio y luego a la habitación del hotel “Victoria”, del barrio de Constitución. Allí estaban todos los captores, que mantuvieron a la víctima atada de pies y manos y a oscuras en todo momento.
Desde el hotel llamaron a la madre del menor, a quien le exigieron un rescate de 300.000 pesos a cambio de su liberación con vida. La mujer no contaba con ese dinero y decidió hacer la denuncia policial. En ese momento entró en operaciones la División Operativa Central de la Policía Federal, que luego de varios intentos de cobro logró dar con el lugar de cautiverio el 25 de mayo a las 6 de la mañana, casi 2 días después del secuestro.
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De las investigaciones surgió la participación de Vera Ramírez, Francisco Javier Pizarro Runciman y Carlos Jefferson Paz Valle, cuya documentación se halló al momento de requisar la habitación del hotel y quien logró darse a la fuga. También se reconstruyó la intervención de otro hombre que no se pudo identificar. Ramírez obtuvo una condena a ocho años y medio de prisión y Pizarro Runciman recibió otra por 12 años en mayo de 2019 por parte del Tribunal Oral Federal 1 porteño.
Por su parte, Jefferson Paz Valle cayó en plena pandemia por un control vehicular de la Policía de la Ciudad, que lo detuvo por no cumplir con el aislamiento obligatorio. Al pedirle su documento el personal policial notó que contaba con un pedido de captura pendiente. Ya la Justicia lo había declarado rebelde.
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Todo esto fue dado por cierto por el TOCF 5 al momento de resolver el 21 de septiembre pasado. En la sentencia valoró el amplio caudal de pruebas que incluyeron las escuchas de los llamados extorsivos, mensajes telefónicos y declaraciones testimoniales del juicio anterior contra los otros secuestradores. La condena fue de 12 años de prisión tras ser hallado “coautor penalmente responsable del delito de secuestro extorsivo agravado por ser la víctima menor de edad y por la participación de tres o más personas”.

Luego de la impugnación presentada por el abogado defensor, quien solicitó la nulidad de la resolución por considerar que se había restringido “arbitrariamente el derecho de defensa”, el expediente recayó en la Sala 3 de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Daniel Antonio Petrone.
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La decisión de los camaristas se conoció este jueves en un fallo al que tuvo acceso Infobae y que confirmó de forma unánime la sentencia condenatoria por considerarla carente de “fisuras” y “contradicciones” en su argumentación. “Los magistrados intervinientes realizaron un análisis racional de la prueba que los llevó a conclusiones lógicas y contundentes, sustentadas en los elementos reunidos y las circunstancias del caso”, expresaron.
Y a su vez concluyeron: “la sentencia tiene los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes que impiden su descalificación como un acto jurisdiccionalmente válido, pronunciamiento que luce congruente sobre la base de la prueba agregada a la causa”.
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