
El Congreso Nacional de Honduras recibió un proyecto de Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano que declara el Estado de Emergencia Fiscal y Financiera en las finanzas públicas por un periodo máximo de 24 meses, con el objetivo de contener el creciente deterioro de las cuentas estatales y el riesgo para la provisión de servicios esenciales.
La normativa deja claro que esta declaración de emergencia no supone la suspensión de derechos fundamentales ni modificaciones al orden constitucional. El enfoque se restringe exclusivamente al ámbito fiscal y financiero, bajo estrictos límites temporales y sujeta a mecanismos de control, con responsabilidad administrativa, civil y penal en caso de abuso o incumplimiento.
En los últimos cinco años, los embargos al Estado acumulan cerca de 10.000 millones de lempiras, según cifras oficiales, lo que se traduce en un promedio anual de 2.000 millones. El ministro de Finanzas, Emilio Hernández Hércules, advirtió que solo en los últimos 15 días, el impacto de las demandas judiciales ya supera los 3.000 millones de lempiras sobre el Tesoro General de la República. Hernández Hércules reconoció que se trata de un desafío de larga data pero alertó sobre su reciente agravamiento.

En el marco de la ley propuesta, se redefine la forma de ejecutar los embargos judiciales relacionados con deudas estatales: los pagos dejarán de aplicarse a la Caja Única del Estado y pasarán a ser gestionados por la Tesorería General de la República, que establecerá nuevas programaciones para su cumplimiento.
La legislación faculta al Poder Ejecutivo a emprender una reducción o reorganización de entidades públicas, actualmente más de cien, con el objetivo de evitar la duplicidad de funciones y la sobrecarga laboral. Esta facultad se extiende tanto a la administración centralizada como desconcentrada y descentralizada.
El proyecto también otorga a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) la potestad para reestructurar o renegociar la deuda pública, tanto interna como externa, buscando honrar los compromisos de la hacienda pública. Paralelamente, la SEFIN podrá realizar movimientos presupuestarios entre gastos corrientes y de capital, girados a mejorar la posición financiera del Estado y garantizar “la sostenibilidad fiscal, sin afectar el pago del servicio de la deuda, salarios ni la operatividad básica de las instituciones”.
El proyecto ordena la elaboración de un diagnóstico integral de todos los actos administrativos, contratos y decisiones emitidos previo a la entrada en vigor de la ley, especialmente aquellos con impacto adverso en las finanzas públicas y posibles irregularidades. Los expedientes documentados deberán remitirse al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) para las acciones correspondientes en derecho.

La normativa promueve auditorías preventivas, simultáneas y posteriores en coordinación con el TSC, reforzando la fiscalización y la prevención de riesgos financieros durante el periodo de vigencia de la emergencia.
La fundamentación del proyecto descansa en los artículos 245 numeral 20 y 205 numeral 1 de la Constitución de la República y en la Ley de Responsabilidad Fiscal. El cumplimiento será obligatorio para todos los poderes del Estado, órganos constitucionales y las entidades públicas, estableciéndose su vigencia por hasta dos años desde su publicación en el diario oficial La Gaceta.
La propuesta está ahora en manos del Congreso Nacional, donde será debatida en un ambiente fuertemente marcado por el desorden fiscal, el excesivo gasto y las deudas acumuladas de administraciones previas, especialmente la de Libre. El tratamiento y posible aprobación de esta ley se da en medio del debate sobre el manejo de las finanzas públicas y el futuro económico del país, en un contexto en el que el propio ministro de Finanzas reconoce la urgencia de reducir el tamaño del aparato estatal y afrontar el impacto de litigios judiciales millonarios.
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