Una familia defiende "la libre elección de abogado frente a la unificación impuesta"

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La representación procesal de la familia Morillo, afectada por la muerte de Mario Jara Morillo, quien falleció junto a otras 45 personas más en el siniestro ferroviario de Adamuz el domingo 18 de enero, ha interpuesto ante el Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba) un recurso de reforma contra la providencia que obliga a las acusaciones particulares del caso a unificarse bajo una sola dirección letrada, de modo que defiende "la libre elección de abogado frente a la unificación impuesta".

El recurso, presentado por la procuradora Maria José Carralero Medina y dirigido por el letrado Luis Romero Santos, abogado penalista y Doctor en Derecho, impugna la resolución de 22 de abril de 2026 que requiere a las víctimas personadas como acusaciones particulares para que compartan un único abogado, bajo apercibimiento de imposición de oficio.

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Según han explicado desde la dirección letrada, se produce "vulneración de derechos fundamentales", dado que "la medida judicial vulnera el artículo 24 de la Constitución Española, en su vertiente de tutela judicial efectiva y derecho de defensa, al restringir la facultad de las víctimas de elegir libremente a su abogado".

En este sentido, han remarcado que "la imposición de una dirección letrada única supone una restricción directa de este derecho fundamental, al obligar a las perjudicadas a someter su estrategia procesal a un letrado no elegido por ellas".

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El escrito invoca además el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que reconoce el derecho a la libre designación de letrado, "proyectable también sobre las acusaciones particulares como titulares de la acción penal y civil".

Asimismo, han cuestionado "la interpretación extensiva del artículo 113 de la LECrim, que permite unificar representaciones cuando lo exija la buena marcha del procedimiento", de manera que han argumentado que "la resolución judicial no acredita la existencia de perturbación real del proceso, ni la imposibilidad de adoptar medidas menos restrictivas, convirtiendo una facultad excepcional en una regla general".

"FALTA DE MOTIVACIÓN Y DESPROPORCIONALIDAD"

Igualmente, han manifestado que "entre los argumentos centrales figura la carencia de motivación suficiente, en contravención del artículo 120.3 de la Constitución, ya que la providencia se limita a invocar genéricamente la economía procesal sin concretar qué perjuicios procesales se están produciendo".

Al hilo, consideran que "la medida es desproporcionada al no superar el juicio de proporcionalidad: existen alternativas menos restrictivas, puede generar conflictos de interés entre perjudicadas y el sacrificio del derecho de defensa es superior al beneficio organizativo".

Ante ello, el recurso solicita que "se deje sin efecto el requerimiento de unificación obligatoria, con expresa declaración del derecho de las representadas a mantener los profesionales libremente designados".

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