Por qué el expediente abierto al juez Peinado tiene pocas opciones de acabar en sanción: “Siempre puede decir que fue un defecto de redacción”

El abogado penalista Fernando Pamos de la Hoz explica a ‘Infobae’ que la investigación aprobada por el CGPJ es un trámite preliminar que previsiblemente acabará sin consecuencias disciplinarias para el magistrado

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El juez Juan Carlos Peinado (Alberto Di Lolli / Archivo)
El juez Juan Carlos Peinado (Alberto Di Lolli / Archivo)

“Perro no come perro”. Con esa expresión resume el abogado penalista Fernando Pamos de la Hoz las posibilidades de que el expediente abierto por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al juez Juan Carlos Peinado termine teniendo consecuencias disciplinarias reales para el magistrado.

La frase ilustra la idea que maneja el letrado sobre el recorrido que puede tener la decisión adoptada por el órgano de gobierno de los jueces. A su juicio, el procedimiento está todavía muy lejos de traducirse en una sanción. De hecho, ni siquiera supone la apertura de un expediente disciplinario como tal.

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Lo que el CGPJ ha acordado es el inicio de unas diligencias informativas para estudiar si existen motivos suficientes para seguir adelante. En otras palabras, se trata de una investigación preliminar destinada a analizar el contenido de la resolución que ha generado la polémica y determinar si merece o no un reproche disciplinario.

Buena parte de la polémica que ha acompañado la noticia durante los últimos días tiene que ver precisamente con la confusión entre ambos conceptos. La apertura de diligencias informativas no implica que el Consejo considere que Peinado haya cometido una infracción ni supone que exista una propuesta de sanción sobre la mesa. Es, simplemente, el paso previo para decidir si procede abrir un expediente disciplinario formal. Y es ahí donde aparecen las dudas sobre el recorrido real del procedimiento.

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¿Por qué se ha abierto ahora la investigación?

El origen de la actuación del CGPJ está en uno de los últimos autos dictados por el juez instructor de la causa que afecta a Begoña Gómez. Aquellas afirmaciones sobre la Policía Nacional que incluyó en el escrito desencadenaron críticas tanto en el ámbito político como en el jurídico y acabaron llegando al Consejo General del Poder Judicial.

Sin embargo, según explica Pamos de la Hoz, el acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de los jueces no prejuzga en absoluto el resultado final. “Ahora se van a recabar pruebas, pedirán el auto, estudiarán la documentación y escucharán las alegaciones del propio juez”, señala el penalista. “Luego se decidirá si existe algún motivo para abrir un expediente disciplinario o si todo queda archivado”, añade.

Lo relevante, añade, es que el Consejo ha optado por investigar antes de decidir, en lugar de rechazar la queja desde el primer momento. “Se podía haber rechazado de plano desde el inicio, que era lo que defendían los vocales que votaron en contra”, explica.

La votación que refleja la división del CGPJ

Uno de los aspectos que más llamó la atención fue el sentido del voto de varios vocales del Consejo. Los consejeros habitualmente identificados con el sector conservador votaron en contra de abrir las diligencias informativas, mientras que la mayoría del órgano respaldó la investigación preliminar.

Un hombre de cabello blanco con traje rayado y corbata de puntos. Otro hombre de traje oscuro. Una pared con tapiz y una bandera amarilla y roja.
El juez Peinado

Para Pamos de la Hoz, ese reparto de votos no puede entenderse al margen del contexto político que rodea tanto al caso como al propio sistema de elección del CGPJ. “El Consejo está muy politizado”, sostiene el abogado, que vincula la división interna a la forma en que se designan sus miembros. En su opinión, el posicionamiento de los vocales suele estar condicionado por la sensibilidad ideológica con la que se identifica al juez cuya actuación se analiza.

Según argumenta, quienes votaron en contra no defendían necesariamente el contenido del auto, sino que entendían que la denuncia debía rechazarse sin más trámites. Los que respaldaron la apertura de diligencias optaron por una vía intermedia: investigar primero y decidir después.

¿Puede acabar en una sanción?

Si esta apertura de expediente puede acabar en sanción es la pregunta que sobrevuela todo el debate. Y la respuesta de Pamos de la Hoz es clara: lo considera poco probable. El penalista sostiene que el principal obstáculo para una eventual sanción es que las resoluciones judiciales cuentan con mecanismos propios de control. Cuando una decisión de un juez se considera incorrecta o jurídicamente discutible, la vía ordinaria consiste en recurrirla ante instancias superiores. “Las resoluciones judiciales tienen recursos para combatirlas”, explica.

De hecho, recuerda que distintas decisiones adoptadas por Peinado durante la instrucción han sido recurridas ante la Audiencia Provincial de Madrid, que en algunos casos ha corregido o limitado sus actuaciones.

Por ese motivo, sostiene que el contenido del auto puede ser objeto de crítica jurídica sin que eso implique automáticamente responsabilidad disciplinaria. “Yo creo que no le van a sancionar por esto”, afirma. A su juicio, aunque determinadas afirmaciones incluidas en la resolución puedan resultar discutibles, exageradas o incluso difíciles de sostener jurídicamente, eso no significa necesariamente que constituyan una infracción sancionable.

El abogado considera que, si alguien se sintiera directamente perjudicado por el contenido del auto, dispondría de otras vías distintas a la disciplinaria para reaccionar. “Si la Policía se siente ofendida, que presente una querella”, apunta, al entender que los agentes son quienes podrían considerarse más directamente afectados por algunas de las referencias contenidas en la resolución.

Qué tendría que ocurrir para que hubiera consecuencias

La posibilidad de que el procedimiento desemboque en una sanción existe, pero Pamos de la Hoz la considera remota. Tras analizar toda la documentación, el CGPJ podría decidir que no aprecia irregularidad alguna y archivar las actuaciones. También podría concluir que existen indicios suficientes para abrir un expediente disciplinario formal.

Entrada de los Juzgados de Plaza de Castilla (Alberto Ortega - Europa Press)
Entrada de los Juzgados de Plaza de Castilla (Alberto Ortega - Europa Press)

Incluso en ese escenario, el penalista cree que las consecuencias previsibles serían limitadas. “Es impensable que le suspendan por esto”, asegura. En el peor de los casos, añade, podría plantearse una advertencia o una amonestación, aunque tampoco considera probable ese desenlace.

El abogado introduce además otro elemento. A su juicio, el propio magistrado podría alegar durante la tramitación que determinadas expresiones del auto obedecen a una formulación desafortunada o a un problema de redacción. “Siempre puede decir que no quiso decir eso o que fue un defecto de redacción”, señala.

La jubilación de Peinado, otro factor sobre la mesa

La investigación llega además cuando la carrera judicial de Peinado se acerca a su final. El magistrado tiene prevista su jubilación en septiembre, una circunstancia que ha alimentado las especulaciones sobre la utilidad práctica del procedimiento.

Pamos de la Hoz no cree que el Consejo vaya a tomar una decisión pensando en ese calendario. Según sostiene, si el expediente tiene pocas posibilidades de prosperar no es por la cercanía de la jubilación, sino por la propia naturaleza de los hechos que se están analizando. “No va a prosperar porque no tiene recorrido disciplinario”, resume.

Con todo, reconoce que la proximidad de la retirada reduce considerablemente el alcance efectivo de cualquier medida que pudiera adoptarse más adelante.

El expediente y la sombra de toda la instrucción

Aunque formalmente el CGPJ solo analiza el auto que ha generado la polémica, resulta difícil separar este episodio de la instrucción que Peinado dirige desde hace más de dos años. La causa ha estado acompañada desde el principio por una intensa batalla política y jurídica. Varias resoluciones del magistrado han sido cuestionadas por las defensas y algunas han sido revisadas posteriormente por la Audiencia Provincial.

Pamos de la Hoz se muestra especialmente crítico con la forma en que se ha desarrollado la investigación. Considera que la instrucción ha estado marcada por decisiones controvertidas y sostiene que algunas actuaciones fueron discutibles desde sus primeras fases.

El abogado recuerda, por ejemplo, que varias resoluciones del instructor fueron posteriormente corregidas por la Audiencia Provincial y cuestiona la rapidez con la que se ha tramitado la causa en comparación con otros procedimientos judiciales. “Yo llevo 35 años ejerciendo y no conozco ningún procedimiento que haya llevado esta celeridad”, afirma.

El magistrado considera que hay riesgo de fuga de la mujer de Pedro Sánchez y cree que sus escoltas podrían colaborar a que la llevase a cabo.

El penalista llega incluso a asegurar que, de haber asumido la defensa de Begoña Gómez, habría planteado la recusación del magistrado desde el inicio del procedimiento.

Sin embargo, insiste en separar esas críticas del debate actual sobre el expediente abierto por el CGPJ. “Una cosa son las discrepancias sobre cómo ha llevado la instrucción y otra muy distinta que eso tenga que acabar en una sanción disciplinaria”, indica.

Por eso cree que las diligencias informativas abiertas por el Consejo tienen más posibilidades de terminar archivadas que de desembocar en una sanción efectiva contra el juez. Primero se recabará la documentación, se escuchará la versión del magistrado y se analizarán las alegaciones de las partes. Solo después el CGPJ decidirá si hay motivos para seguir adelante o si, por el contrario, la investigación concluye sin mayores consecuencias para el instructor de una de las causas judiciales más controvertidas de los últimos años.

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