
No siempre se trata de cosas de niños. La Policía Nacional ha identificado a entre cinco y seis menores de entre 11 y 12 años como presuntos autores de una agresión sexual grupal a una niña de 12 años, compañera de clase, en el transcurso de una fiesta de cumpleaños celebrada en un local privado de Burgos. Al tener todos ellos menos de 14 años, son inimputables ante la ley, por lo que el atestado con sus datos fue trasladado a la Fiscalía de Menores.
Los hechos fueron denunciados en mayo ante la Policía Nacional por la familia de la víctima, según informó el Diario de Burgos. La niña relató haber sido atacada por parte de varios compañeros de clase durante la celebración, producida a mediados de ese mes fuera del colegio en el que ambas partes estudian. Aunque en la fiesta había más asistentes, no todos participaron en los hechos.
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Tras conocerse lo ocurrido, los presuntos agresores fueron expulsados del centro escolar durante cinco días. Según la información del periódico local, los menores han sido readmitidos y separados del resto del grupo junto con otros compañeros, con el argumento de evitar su estigmatización. La víctima, que aún arrastra secuelas físicas y emocionales derivadas del ataque, retomó también la actividad escolar.

La Dirección Provincial de Educación de Burgos tiene conocimiento del episodio, al igual que el conjunto de la comunidad educativa del centro. Al tratarse de menores de 14 años, la Policía Nacional se limitó a identificarlos y a remitir el atestado a la Fiscalía de Menores, sin posibilidad de emprender acciones penales contra ellos.
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El siguiente paso previsto es la derivación del caso a la Unidad de Intervención Educativa de la Junta de Castilla y León, trámite que aún no se ha producido.
Qué dice la ley española cuando un menor de 14 años comete un delito
En España, un menor de 14 años no puede ser considerado penalmente responsable, aunque haya cometido un hecho que sería delito si lo hubiera cometido un adulto. Así lo establece el artículo 3 de la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Esto significa que no se le juzga ni se le impone una condena penal. El caso se pone en conocimiento del Ministerio Fiscal, que remite la información a los servicios de protección de menores de la comunidad autónoma correspondiente. Finalmente, las autoridades de protección pueden adoptar medidas de carácter asistencial, educativo o de protección, en función de las circunstancias del menor y de su entorno familiar.
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Por tanto, cuando un niño de 13 años o menos comete un homicidio, una agresión sexual o cualquier otro delito, no es procesado por la jurisdicción de menores ni enviado a un centro de internamiento como medida penal. La respuesta del Estado se canaliza a través del sistema de protección de menores.
En cambio, los jóvenes que tienen 14 o 15 años sí están sujetos a la Ley del Menor y pueden ser objeto de medidas como libertad vigilada, prestaciones en beneficio de la comunidad o internamiento en centros de menores, con un enfoque principalmente educativo y de reinserción.
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