Millones de personas trabajan a diario pese a sufrir fuertes dolores de espalda, aunque la normativa laboral proteja su derecho a poner la salud por delante de lo laboral. Más allá de las bajas o incapacidades temporales a las que podrían acceder si las solicitasen, en casos extremos algunas patologías pueden derivar en el reconocimiento de una incapacidad permanente. “Muchos trabajadores van cada día a trabajar con dolores que son verdaderamente insoportables”, afirma en esta línea el abogado Sebastián Ramírez en un video publicado en su perfil de TikTok (@leyesconsebas).
Los trastornos musculoesqueléticos, entre ellos los dolores de espalda, figuran desde hace años entre las principales causas de baja laboral en España. Según datos de la Seguridad Social, las patologías relacionadas con la columna vertebral generan un elevado número de incapacidades temporales y, en los casos más graves, pueden derivar en incapacidades permanentes cuando las limitaciones funcionales impiden desarrollar una actividad laboral con normalidad.
La lumbalgia, ese dolor intenso en la parte baja de la espalda, constituye uno de los ejemplos más evidentes de esta problemática. Según Ramírez, la molestia puede llegar a tal punto que “hace imposible casi ni levantarse de la cama”, dificultando incluso las tareas más básicas.
“Si lo necesitas, pide tu pensión”
Desde el punto de vista médico, la lumbalgia puede tener múltiples causas: sobreesfuerzos físicos y malas posturas mantenidas durante años hasta degeneración de los discos intervertebrales, hernias discales o lesiones derivadas de trabajos físicamente exigentes. Profesiones relacionadas con la construcción, el transporte, la hostelería o la atención sociosanitaria presentan tasas especialmente altas de este tipo de dolencias debido a la manipulación de cargas, los movimientos repetitivos o las largas jornadas de pie.
Cuando el dolor persiste y no permite regresar al trabajo, la recomendación del abogado es clara: “Si realmente lo necesitas, ves que no puedes ir a trabajar, tienes que pedir tu pensión por incapacidad permanente, siempre siendo honesto y sincero”. Este consejo busca orientar a quienes se enfrentan a limitaciones físicas severas a dar el paso para solicitar una pensión, un derecho que considera legítimo si la salud lo exige.

En el sistema español, la incapacidad permanente se regula en la Ley General de la Seguridad Social y puede reconocerse en distintos grados (parcial, total, absoluta o gran invalidez) dependiendo del nivel de limitación que sufra el trabajador. El reconocimiento corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que evalúa cada caso a partir de informes médicos, historial clínico y la capacidad real del trabajador para desempeñar su profesión habitual u otra distinta.
Acreditación médica de la incapacidad
En muchos casos, el procedimiento comienza tras una baja médica prolongada por incapacidad temporal. Si los servicios médicos consideran que las lesiones o dolencias son permanentes o previsiblemente definitivas, el expediente puede derivar en una valoración para determinar si procede una pensión. El proceso incluye una revisión por parte del tribunal médico, que analiza tanto el diagnóstico como las limitaciones funcionales del paciente.
Expertos en derecho laboral recuerdan que la clave en estos procedimientos es la acreditación médica del daño y de las limitaciones que provoca en la actividad profesional. Informes de especialistas, pruebas diagnósticas y el historial clínico suelen resultar determinantes a la hora de que la administración o los tribunales valoren la solicitud. Ramírez subraya que no todos los dolores son permanentes ni requieren pensión, pero en los casos graves, la incapacidad debe ser reconocida.
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