El Tribunal Supremo Electoral de El Salvador afronta el plazo para definir el voto electrónico previo a los comicios de 2027

La autoridad electoral tiene como fecha límite el 27 de junio para establecer el mecanismo presencial y el sufragio remoto en línea para la diáspora, conforme al artículo 14 de la ley especial.

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La Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero exige que el TSE defina ambos sistemas de voto electrónico al menos ocho meses antes de las elecciones./ (TSE)
La Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero exige que el TSE defina ambos sistemas de voto electrónico al menos ocho meses antes de las elecciones./ (TSE)

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) de El Salvador debe definir a más tardar este sábado 27 de junio el sistema de votación electrónica presencial y remota por internet para los comicios de 2027, en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero. Esta fecha límite representa un hito clave de cara a la implementación de ambas modalidades de sufragio electrónico para la diáspora salvadoreña.

La ley establece que el TSE debe definir ambos sistemas “al menos ocho meses antes de las elecciones”, lo que en el actual calendario fija el plazo para el 27 de junio. A pesar de esta obligación, el Plan General de Elecciones (Plagel) divulgado por el TSE solo plantea la coordinación de reuniones técnicas, la contratación de una empresa con experiencia en tecnología electoral, la selección de al menos una firma auditora, y la ejecución de pruebas y simulacros del modelo tecnológico.

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Este plan también señala que el TSE elaborará los términos de referencia para contratar a la empresa responsable de los sistemas y contará con una contraparte técnica interna.

Actualmente, según fuentes internas, hay cuatro empresas interesadas en la implementación del sistema, entre ellas la española Indra Soluciones Tecnologías de Información, que ya fue contrada en 2013 para transmitir los resultados electorales presidenciales de 2014 y cobró 5.4 millones de dólares.

Votantes salvadoreños hicieron cola en la puerta del consulado del país en Madrid para ejercer su derecho al voto en el exterior en las elecciones de 2024. 7(EFE/ Macarena Soto)
Votantes salvadoreños hicieron cola en la puerta del consulado del país en Madrid para ejercer su derecho al voto en el exterior en las elecciones de 2024. 7(EFE/ Macarena Soto)

En 2024, el TSE le pagó 26,047,224.87 dólares a la misma empresa, que también fue la ejecutora del voto electrónico de los salvadoreños en el extranjero, en las modalidades remotas por internet y electrónica presencial para las elecciones del 4 de febrero de ese año.

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¿En qué consisten las modalidades de voto electrónico?

La normativa establece dos opciones de sufragio para los salvadoreños en el exterior: el voto remoto por internet y el voto electrónico presencial.

Voto remoto por internet: Esta modalidad permite a los salvadoreños con Documento Único de Identidad (DUI) cuyo domicilio figura en el extranjero, ejercer su derecho al sufragio desde cualquier lugar y dispositivo conectado a la red, sin necesidad de acudir a un centro de votación.

La ley exige que el sistema cuente con mecanismos de seguridad, como pruebas electrónicas de vida u otros métodos de autenticación, que sean ágiles y sencillos, y se realicen al momento de emitir el voto. El objetivo es garantizar la identificación del elector y la confiabilidad de los resultados.

Voto electrónico presencial: Para esta modalidad, el elector debe acudir físicamente a un centro de votación previamente definido por el TSE, que puede ubicarse en oficinas o dependencias diplomáticas y consulares de El Salvador, o en otros establecimientos habilitados en el extranjero. El voto electrónico presencial está dirigido a salvadoreños cuyo DUI tenga domicilio en territorio nacional, sin importar si el documento fue emitido dentro o fuera del país. Además, pueden optar por esta modalidad quienes decidan votar utilizando únicamente su pasaporte nacional.

Larga fila de personas dentro de un consulado, esperando para votar. Un cartel dice "Elecciones 2027 El Salvador - Centro de Votación". Periodistas filman.
El voto electrónico presencial requiere que el elector acuda a un centro de votación definido por el TSE en sedes diplomáticas, consulares u otros establecimientos en el extranjero./ (Imagen Ilustrativa Infobae)

Ambas modalidades deben estar respaldadas por mecanismos de auditoría informática que permitan verificar la integridad y confiabilidad del proceso electoral.

Recursos y expectativas para 2027

Para las elecciones generales de 2027, la Asamblea Legislativa aprobó en diciembre de 2025 dos presupuestos extraordinarios por un total de 172.1 millones de dólares; de los cuales, 46.7 millones están destinados específicamente al sufragio en el extranjero. Estos fondos financiarán la contratación de la empresa encargada de los sistemas de votación electrónica, la adquisición de software para el registro electoral, la realización de auditorías y la promoción de campañas informativas para incentivar la participación y explicar las modalidades y centros de votación disponibles en el exterior.

El cumplimiento del plazo legal para definir los sistemas de votación electrónica es fundamental para garantizar la transparencia y la participación de la diáspora salvadoreña en el proceso electoral de 2027, que será el primero con reelección presidencial indefinida y periodos de gobierno de seis años.

De acuerdo con la normativa, el TSE debe asegurar que los mecanismos de autenticación sean seguros y ágiles, y que existan auditorías informáticas que respalden la confianza en los resultados.

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