
A poco más de una quincena de vigencia de la Comunicación "A" 6670 del Banco Central muchos residentes que prestan servicios a empresas radicadas fuera del país se encontraron con la novedad que ya sus honorarios dejaron de estar depositados en sus cuentas en moneda extranjera en el país o en el exterior.
Es que a diferencia de la exportación de bienes físicos, como una cerealera; petrolera, complejo automotriz, u otras empresas que no sólo operan por cifras millonarias en dólares, sino que además lo hacen continuadamente a lo largo del mes, en el caso de los servicios personales, como los call centers; profesionales de la arquitectura, diseño, contadores, economistas, y científicos, entre muchos otros, se trata de contratos mensuales.
La práctica generalizada, antes del control de cambios que rige desde el inicio de septiembre, era que se liquidaban en pesos, o en dólares, en ese caso con acreditación en cuenta bancaria, previa deducción de las comisiones por la transferencia de los fondos.
Pero ahora, quienes facturan la exportación de sus servicios por quincena se encontraron con la sorpresa que sus facturas comenzaron a acreeditarse en sus cuentas en pesos al cambio del día tipo comprador para el público, menos la comisión bancaria; y otros empezaron a recibir la notificación de pedidos de datos de sus cuentas en moneda nacional en el país, para proceder al giro de honorarios, porque había quedado vedada la posibilidad de depósito en una cuenta en el exterior.
La restricción fue reglamentada a través del punto 4 de la Comunicación "A" 6670: "Los cobros de exportaciones de servicios deberán ser ingresados y liquidados en el mercado local de cambios en un plazo no mayor a los 5 (cinco) días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país, o de su acreditación en cuentas del exterior".
Compra de dólares
La obligatoriedad de la liquidación en la Argentina de los servicios personales a clientes del resto del mundo rige para todo tipos de montos, habida cuenta que la circular del Central se abstuvo de poner límites.
Sin embargo, quien lo desee puede redolarizar la totalidad de su cobranzas siempre y cuando no superen en el movimiento del mes el equivalente a 10.000 dólares.
Pero en esos casos, deberán enfrentar el costo de un nuevo cargo respecto de apenas 20 días atrás, que es el derivado de la brecha de poco más de 7,5% entre el tipo de cambio comprador al que se le pesifica la factura en divisas a un cliente del exterior y el tipo de cambio vendedor de la entidad local, según el promedio de bancos que releva online el Banco Central: $54,918 en el primer caso y $59,65 en el segundo.
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