
Por tercera vez, la República Argentina apeló ante la Corte de Apelaciones del Distrito Sur de Nueva York un fallo de la jueza estadounidense Loretta Preska. En este caso, se trata de la orden de la jueza que le ordenaba entregar los mensajes oficiales y privados que hubieran mantenido, al menos, los últimos dos titulares del Ministerio de Economía, el actual ministro Luis Caputo y el de la anterior gestión, Sergio Massa.
La presentación se realizó el viernes por la noche, para pedir que se revise la exigencia que impuso la entrega de comunicaciones, dispositivos personales y cuentas “referidas a comunicaciones off the record” por parte de actuales y ex funcionarios.
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Previo a esto, fuentes allegadas al expediente confirmaron a Infobae que el petitorio incluiría una rendición de cuentas por parte de los últimos ministros de Economía. Pero no se descartaba la posibilidad de que incluyera a funcionarios de la actual o anteriores gestiones.
La solicitud formulada por la jueza Preska surge de un proceso judicial conocido como “Discovery” del alter ego. En este caso, la finalidad es probar el argumento de la demanda de que el Estado y la petrolera “son lo mismo”. Esto podría potencialmente tambien afectar a otras empresas, como Aerolíneas Argentinas y Banco Nación.
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Tras conocerse el fallo el 29 de julio, la Procuración del Tesoro denunció que “la medida de discovery ordenada hoy por el tribunal de Nueva York viola las leyes de Estados Unidos y de la Argentina, vulnera la soberanía argentina y no conducirá al hallazgo de activos ejecutables de la República”.
Respecto a esto, la defensa del Estado remarcó que se brindó una “extensa cooperación” y se entregaron más de 100.000 páginas de documentos, entre ellos, la información sobre las cuentas financieras en los Estados Unidos, Argentina y otros países.
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Abuso de Burford Capital
“Es evidente que los demandantes están abusando del proceso de discovery: su financiador, Burford Capital, reconoció ante sus inversores que lo utilizan para hostigar a la República e intentar “arrojar arena en los engranajes” de los esfuerzos de Argentina por reconstruir su economía", apuntó la Procuración sobre las acciones impartidas por el bufete de abogados inglés que compró los derechos a litigar en esta causa.
En este sentido, el primer fallo que obligaría al Estado a pagar USD 16.000 millones con intereses por haberse expropiado de forma errónea a la petrolera en 2012 tendría como principal beneficiado a Burford Capital. Esta medida ya fue apelada por el país, por lo que los demandantes buscaron convencer a la magistrada de que en Argentina los funcionarios realizarían trabajo oficial por medio de uso de dispositivos y cuentas personales.
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Bajo este fundamento, Preska ordenó la entrega de mensajes que estuvieran vinculados a la causa a través del uso de palabras clave. Es decir, no se extraerían aquellos sobre sus vidas privadas, sino en los que mencionaran, por ejemplo, “YPF”.
Como parte de la estrategia de Burford Capital para cobrar parte del dinero estipulado por la sentencia, los abogados pusieron en marcha la figura del alter ego. El supuesto, lo que se busca comprobar, es que el Estado argentino no solo sería el mayor accionista de la petrolera, sino que operarían como uno solo disfrazado.
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De la misma manera, habían presentado un pedido para quedarse con las acciones que posee el país en la empresa, que comprenden un 51% del total. No obstante, este fallo también fue apelado por la defensa local el jueves por la noche. Entre los fundamentos que presentó la defensa local, se remarcó la medida implica:
- “Violación de la inmunidad soberana: la práctica y el derecho estadounidense reconocen que la propiedad de un Estado en el extranjero está absolutamente protegida frente a embargos o ejecuciones. El Congreso norteamericano, al sancionar la Ley de Inmunidades Soberanas (FSIA) en 1976, estableció excepciones a dicha inmunidad solamente para bienes situados en EEUU, nunca para bienes fuera de su territorio”.
- “Interpretación errónea del derecho de Nueva York: se aplicó indebidamente la norma de 'turnover’, que jamás fue diseñada para obligar a un Estado soberano a transferir activos desde su propio territorio".
- Inaplicabilidad de la Ley de Inmunidades Soberanas (“FSIA”) al caso: las acciones de YPF no están ‘en los Estados Unidos’, nunca fueron ‘utilizadas en una actividad comercial en EEUU’ ni ‘en la actividad comercial que dio origen al reclamo’, requisitos exigidos por la FSIA.
- “Violación del derecho argentino e internacional: la orden judicial fuerza a Argentina a desconocer su propia legislación, que desde 2012 exige la aprobación del Congreso por mayoría especial para cualquier transferencia de esas acciones. Además, contradice el principio de cortesía internacional (’comity’) y la doctrina del acto de Estado (’act-of-state doctrine’), pilares de las relaciones entre naciones”.
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