
En su primer año de gestión, el Gobierno llevó a cabo una serie de desregulaciones y eliminación de trabas burocráticas para aumentar la oferta y fomentar la competencia. El sector aerocomercial no fue la excepción y mediante la reforma del código aeronáutico, se pudieron concretar varias medidas que impactan en los pasajeros.
La mayoría se concretaron en medio de asambleas y paros por parte de los sindicatos aeronaúticos, principalmente debido al conflicto salarial en Aerolíneas Argentinas e Intercargo, lo cual afectó a miles de pasajeros por cancelaciones, demoras y reprogramaciones de vuelos domésticos e internacionales.
En consecuencia, el Gobierno intentó declarar como servicio esencial al sistema de aeronavegación pero la Justicia suspendió los decretos por 3 meses a través de una medida cautelar debido a que consideró que esa regulación afectaba el derecho de defensa de los pilotos. Esto solo alcanza a los trabajadores de la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), que son quienes presentaron un amparo. Lo más importante de esa normativa es que a pesar de que se produzcan medidas de fuerza, se debe cumplir con el 50% de la operación.
Cielos abiertos
En primer lugar, la Secretaría de Transporte, conducida por Franco Mogetta, comenzó firmando acuerdo bilaterales bajo la política de cielos abiertos. De este modo, se eliminaron las limitaciones en la cantidad de vuelos y frecuencias entre los países que adhirieron, lo cual facilita la expansión de rutas y la entrada de nuevas líneas aéreas al mercado.
Asimismo, se eliminó la restricción en la cantidad de vuelos regulares de carga y se ahora permite realizarlos con “séptima libertad del aire”, es decir, sin que comiencen ni terminen en el país de origen.

Hasta el momento son 11 países los que suscribieron: República Dominicana, Brasil, Chile, Perú, Ecuador, Canadá, Panamá, Uruguay, Paraguay, México y Ruanda.
En otro orden, se autorizó la experimentación en el país con aviones autónomos de pasajeros operados por inteligencia artificial, con vistas a que en un futuro se puedan transportar pasajeros.
Tripulaciones y aeronaves extranjeras
Por otro lado, ahora la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), cuya interventora es María Julia Cordero, tiene la posibilidad de autorizar operaciones con tripulaciones y aeronaves extranjeras. Así, el personal extranjero podrá desempeñar funciones aeronáuticas en los servicios aerocomerciales, así como también para la utilización de aeronaves de matrícula extranjera a operar en el país cuando una aerolínea lo requiera.
Eliminación del monopolio de Intercargo
Por otro lado, se establecieron las condiciones para que cualquier operador aerocomercial pueda brindar el servicio de handling. Así, la empresa estatal Intercargo dejó de tener el monopolio.
En detalle, se “desmonopolizaron” no solo los servicios de rampa sino también el de fueling, el abastecimiento de combustible, y también “los servicios de transporte de pasajeros y tripulación por la plataforma, el transporte terrestre, el desembarque y embarque de personas con discapacidad, el embalaje de equipajes.

Las aerolíneas comerciales fueron las primeras habilitadas y certificadas por la ANAC para brindar los servicios de rampa y pasajeros a cualquier compañía aérea. Luego se incorporó la posibilidad de que cualquier persona física o jurídica que cumpla las condiciones necesarias de seguridad operacional y aerocomerciales pueda prestar estos servicios en todos los aeropuertos del país.
Vuelos internacionales con escalas previas
Por otra parte, se habilitó la ampliación de operaciones en el Aeroparque Jorge Newbery, permitiendo que éste funcione como escala de vuelos regionales con el objetivo de fomentar la conectividad. En el aeroparque metropolitano operan vuelos regionales desde y hacia Brasil, Paraguay, Chile, Bolivia, Perú y Colombia; y con dicha medida pueden hacerlo en aviones de mayor porte y sin límites de escalas.
Además, se eliminó la limitación en la cantidad de asientos de las aeronaves que operan dichos vuelos, que antes se encontraba restringida a 200 asientos, y las aerolíneas podrán comenzar a operar en franjas horarias nocturnas.
De este modo, por ejemplo, una aerolínea de Chile ahora puede a operar Santiago - Buenos Aires - Montevideo y lo mismo para el caso de una línea aérea argentina. Previamente, este uso de la terminal aérea porteña como escala estaba prohibido por la normativa.
Cambios en Aerolíneas Argentinas
En cuanto a la aerolínea de bandera, que el Gobierno continúa con la intención de eficientizarla para luego avanzar en la privatización, se derogó la norma que obligaba a los organismos y empresas del Estado a elegir Aerolíneas Argentinas al momento de tener que realizar un vuelo.
El Ejecutivo dejó sin efecto la normativa en la que se establecía que todas aquellas jurisdicciones y entidades del Sector Público nacional, incluyendo aquellas en las que el Estado es parte accionista, compren pasajes de avión mediante los servicios de OPTAR (Operador Mayorista de Servicios Turísticos Sociedad Anónima Unipersonal). Esta sociedad anónima es la encargada de vender en forma mayorista paquetes turísticos y vuelos al sector privado, como al sector público nacional.

Asimismo, Aerolíneas Argentinas ya no tiene posición dominante en la asignación de estacionamientos del Aeropuerto Internacional Jorge Newbery, por lo que ahora se permite acceder al pernocte de aeronaves de otras compañías.
Simplicación de trámites para aeronaves pequeñas
Por otro lado, se simplificó el procedimiento para la autorización de aeronaves de hasta 19 plazas en pos de potenciar el mercado con aeronaves de pequeño porte que puedan operar rutas aéreas entre localidades pequeñas.
Por este motivo, se permite a las empresas aerocomerciales gestionar la autorización aerocomercial y el Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (CESA) en una única ventanilla. Según la Secretaría de Transporte, este cambio reduce los tiempos burocráticos, anteriormente de hasta 120 días, y promueve un proceso simultáneo y más ágil.
Indemnizaciones por accidentes
Otro de los cambios es que, luego de la actualización del reglamento del contrato aéreo, las víctimas de un accidente de aviación o sus familias pueden recibir su indemnización correspondiente por adelantado. “Las víctimas se encontraban desamparadas en las negociaciones con las compañías aéreas, por lo que tendían a aceptar indemnizaciones inadecuadas hasta un año después del hecho, renunciando a la mayor parte de sus derechos. De no hacerlo, los juicios aún pueden demorar varios años y mientras tanto nadie se responsabiliza por los gastos de la víctima o sus familiares”, aseguraron desde el Gobierno.
A partir de esta nueva normativa, en un plazo no mayor a 15 días la empresa responsable deberá abonarles el importe que corresponde en forma proporcional a los perjuicios económicos sufridos.
En paralelo, se incorporaron el derecho al transporte de personas con movilidad reducida y el derecho al transporte con animales y se exige su trato digno. Además, se creó el Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo, mediante el cuál se dirimirán los reclamos iniciados por los pasajeros de manera fácil y digital.
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