Ley sobre tatuajes en el servicio público de Panamá busca eliminar restricciones

El documento cuestiona regulaciones antiguas y propone ajustes alineados con la realidad social actual

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La propuesta busca actualizar reglamentos internos que, según el documento, se mantienen vigentes desde hace más de seis décadas. Archivo
La propuesta busca actualizar reglamentos internos que, según el documento, se mantienen vigentes desde hace más de seis décadas. Archivo

La Asamblea Nacional se dispone a discutir en primer debate el Proyecto de Ley 531, una iniciativa que busca permitir los tatuajes corporales temporales o permanentes en los servidores públicos y modificar criterios de contratación, ingreso, ascenso y participación institucional en el sector estatal panameño, donde todavía persisten normas internas que toman en cuenta la apariencia física como condición para acceder o mantenerse dentro de una entidad pública.

La propuesta fue presentada con el argumento de que varias instituciones del Estado mantienen reglamentos internos y códigos de contratación que se remontan a los años 60, los cuales restringen el acceso al empleo público, a procesos de formación, a posibilidades de ascenso o a tareas de representación institucional para personas con tatuajes visibles, bajo criterios asociados a una imagen considerada sobria, uniforme o apropiada.

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El texto establece que ninguna entidad pública podrá negar la contratación de una persona por tener tatuajes temporales o permanentes, ni impedir su ingreso a trámites, procesos de formación o espacios de participación dentro de la institución por esa misma condición, y además extiende la aplicación de la norma a las entidades autónomas, semiautónomas, empresas mixtas, alcaldías, juntas comunales y también a los estamentos de seguridad.

Al mismo tiempo, el proyecto fija límites al establecer que no podrán ser contratadas personas con tatuajes que promuevan discurso de odio, violencia, discriminación racial, religiosa o étnica, ni aquellos que inciten al delito o hagan alusión a organizaciones criminales o terroristas, mientras que también dispone que la entidad pública podrá reservarse el derecho de contratación cuando los tatuajes estén ubicados en el rostro, el cuello o las orejas.

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Personas tatuadas
El texto plantea que los tatuajes no deben ser un criterio de exclusión en procesos de contratación dentro del Estado. Crédito: Freepik

La exposición de motivos sostiene que las restricciones por tatuajes corporales no guardan relación con la capacidad, la idoneidad, la ética profesional o el desempeño del funcionario, y plantea que ese tipo de limitaciones constituye una barrera de acceso al trabajo que afecta principios como la igualdad, la no discriminación, el derecho al empleo y la libertad de expresión o de desarrollo de la personalidad dentro del marco constitucional panameño.

Como parte de la sustentación, el documento cita una publicación de 2013 según la cual al menos el 7% de los adultos panameños de la capital, unas 161,000 personas, tenía un tatuaje en alguna parte del cuerpo, de los cuales el 65.5% los llevaba en zonas ocultas por la ropa y el 34.4% en áreas visibles, mientras que el 41.9% dijo tener uno, el 32.6% tenía dos y un 1.6% reportó hasta 16 marcas corporales.

La iniciativa también menciona antecedentes de Brasil, España y Perú, así como referencias a organismos como la OIT y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para sostener que cualquier limitación al acceso al empleo público debe responder a criterios objetivos vinculados con la función del cargo y no basarse únicamente en la apariencia física o en expresiones corporales que no afecten de manera directa el ejercicio institucional.

Si el proyecto avanza, las instituciones públicas tendrían un año calendario para corregir las disposiciones normativas, reglamentarias, circulares internas y manuales institucionales contrarios a la nueva ley, mientras que la Defensoría del Pueblo quedaría encargada de recibir denuncias por presunto incumplimiento y las direcciones de recursos humanos podrían aplicar sanciones a los funcionarios infractores, incluida la destitución cuando se compruebe la violación de la norma.

La iniciativa incluye límites para símbolos de odio, violencia o vínculos con actividades delictivas.
© Arkady Bronnikov / FUEL
La iniciativa incluye límites para símbolos de odio, violencia o vínculos con actividades delictivas. © Arkady Bronnikov / FUEL

A nivel internacional, la discusión sobre los tatuajes en el ámbito laboral ocurre en un contexto de mayor normalización social de esta práctica, al menos en mercados como Estados Unidos, donde un estudio del Pew Research Center encontró que el 32% de los adultos tiene al menos un tatuaje y que una amplia mayoría percibe que la sociedad se ha vuelto más aceptante frente a quienes los llevan, un cambio cultural que también ha alcanzado a los espacios de trabajo y a las instituciones públicas.

Esa tendencia también se refleja en el peso económico de esta actividad, ya que estimaciones privadas del sector sitúan el mercado global del tatuaje en $2,430 millones en 2025 y proyectan su expansión hasta $5,990 millones hacia 2034, una evolución que acompaña el crecimiento de la industria, la mayor visibilidad de los tatuajes y su incorporación progresiva en ámbitos que durante años mantuvieron restricciones vinculadas a la imagen personal.

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