Impuesto a las Ganancias: estiman que la actualización del mínimo no imponible para 2020 sería del 40 por ciento

El año próximo no se aplicará el 20% de aumento en los montos y las escalas que se realizó por decreto después de las PASO

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Por una formalidad aún hay contribuyentes que no figuran como adherentes al blanqueo.
Por una formalidad aún hay contribuyentes que no figuran como adherentes al blanqueo.

El mínimo no imponible (MNI) a partir del cual se tributa el impuesto a las Ganancias podría tener una actualización del alrededor del 40% para el próximo año. Pero, según aclararon desde la AFIP, ese aumento se realizará sobre los montos y las escalas de principio de año sin contemplar el aumento del 20% que se aplicó este año después de las elecciones primarias (PASO). “Por ahora, lo que está vigente es que no se tendrá en cuenta ese aumento para 2020, aunque esto podría cambiarse por decreto con una normativa”, explicaron.

En los primeros días de diciembre se publicará el último índice que terminará de definir el porcentaje de actualización del mínimo no imponible, a partir del cual se realizan las deducciones del impuesto para el año que viene. Se trata del índice Ripte, que mide la evolución de los salarios de los trabajadores registrados y que mensualmente publica la Secretaría de Seguridad Social de la Nación. El último dato disponible corresponde a septiembre.

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El monto a partir del cual se tributa el impuesto a las Ganancias se ajusta anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Ripte de octubre respecto al mismo mes del año anterior. En septiembre de 2019 la remuneración promedio fue de $45.485 y el año anterior ascendió a $33.154. Por eso, si no hay modificaciones en las remuneraciones durante octubre, el índice tendría una variación del 37,19%, según un cálculo realizado por el contador Marcos Felice.

En el caso que en octubre las remuneraciones en promedio se incrementaran un 2% respecto a septiembre, la variación del Ripte respecto a 2018 sería del 39,94%, con lo cual el mínimo no imponible pasaría a ser de $120.137. En tanto, si los salarios se incrementan un 3% mensual, la actualización de deducciones y escala rondaría el 41,31% con lo cual el mínimo no imponible pasaría a ser de $121.313. Para 2019 la actualización fue del 28,29% y el mínimo no imponible alcanzó los $85.849.

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Luego, ese porcentaje de aumento deberá aplicarse sobre las escalas. Por ejemplo, para el caso de los trabajadores solteros sin hijos que este año tributaban el impuesto a partir de los $38.301 en mano podría pasar a algo más de $53.000. Mientras que los trabajadores casados con dos hijos es a partir de los $45.961 y podría pasar a más de $64.000. Aunque los datos y las escalas oficiales serán dados a conocer por la AFIP a partir de diciembre.

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