El Gobierno oficializó parte de las medidas anunciadas para aliviar el impacto de la suba del dólar

Las iniciativas anticipadas por Mauricio Macri fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial

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Macri en el anuncio de ayer
Macri en el anuncio de ayer

El Gobierno Nacional oficializó por decreto parte de las medidas económicas que anunció Mauricio Macri en el día de ayer para aliviar el impacto de la abrupta devaluación del peso de las últimas jornadas. Las iniciativas fueron comunicadas mediante el Decreto 561/2019 y la Resolución 2/2019, publicadas este jueves en el Boletín Oficial.

Ellas son el aumento del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias; la reducción de los aportes que deben realizar los autónomos; la bonificación del impuesto integrado de septiembre para los monotributistas; la exención del pago de aportes para los trabajadores en relación de dependencia; y la convocatoria al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad, y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

"La magnitud de los acontecimientos económico-financieros que afronta el país requiere que todas las áreas del Gobierno Nacional aúnen esfuerzos para brindar soluciones inmediatas y efectivas para amortiguar su impacto en el ámbito social, económico y productivo", explicó el Decreto que lleva la firma del presidente Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.

En tanto, y sin perjuicio de su efectiva implementación, no figuraron en el Boletín Oficial las siguientes medidas anunciadas: el aumento en las becas progresar, la devolución de 12.000 pesos para una familia tipo, un bono para los empleados de la administración pública nacional, beneficios para las pymes y los dos bonos de 1.000 pesos por hijo para los trabajadores informales y desocupados, así como el congelamiento del precio en los combustibles.

En el decreto 561/2019 se anunció el aumento del piso a partir del cual los trabajadores pagan el Impuesto a las Ganancias en un 20% el piso y la deducción especial a partir de los cuales pagan el impuesto los jubilados y los empleados en relación de dependencia. Ahora, el umbral será para el salario bruto de un trabajador soltero será de $55.376 y de $70.274 para un trabajador casado y con dos hijos.

En concreto, esto permitirá una mejora en el sueldo de bolsillo para dos millones de personas de alrededor de 2.000 pesos por mes. No obstante, según algunos tributaristas, el porcentaje de aumento para compensar la pérdida de poder adquisitivo debería haber sido aún más alto. El especialista César Litvin explicó a Infobae que el aumento del mínimo no imponible tendría que rondar el 40,8%. Esa cifra comprende el índice salarial (28,3%), la inflación de 2018 (47%) y la suba de los precios de enero a junio de este año (22 por ciento).

En el artículo 3° del decreto se estableció la bonificación del impuesto integrado de septiembre de 2019, para los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) que hayan cumplido con el ingreso de las cuotas del impuesto de los períodos de enero a agosto de este año. Será la AFIP quien establecerá las modalidades y condiciones en que procederá la bonificación.

También se implementó el anunció respecto de que trabajadores autónomos recibirán una reducción del 50% en los anticipos que deban ingresar en los meses de octubre y diciembre de este año.

Al respecto de la medida anunciada en torno a la exención del pago del impuesto al trabajo por parte de los asalariados en relación de dependencia (el 11% del sueldo bruto) durante septiembre y octubre, con un tope para el beneficio de 2.000 pesos por mes, se aclaró que el Estado Nacional financiará el aporte personal. En tanto, para los contratos a tiempo parcial, el importe consignado se proporcionará al tiempo trabajado considerando la jornada habitual de la actividad.

También deberá efectuarse la proporción que corresponda en aquellos casos en que, por cualquier motivo, el tiempo trabajado involucre una fracción inferior al mes. Lo previsto en este artículo tendrá efectos exclusivamente para quienes tengan una remuneración bruta mensual devengada en el mes de hasta $60.000.

También se comunicó a través del Boletín Oficial la resolución que oficializa la convocatoria a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad, y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 22 de agosto a las 15 horas en la sede del Ministerio de Producción y Trabajo. Habrá una segunda sesión ese mismo días a las 16.30 hs.

Allí se determinará el aumento del salario mínimo por segunda vez en lo que va del 2019, y acordarán los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo. Actualmente el salario mínimo es de $12.500.

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