
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca decidió remitir a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes la solicitud de un incidente de desacato presentada contra el presidente de la República, Gustavo Petro, al concluir que no tiene competencia para adelantar este tipo de actuaciones debido al fuero presidencial.
La decisión se originó en una petición del abogado Ramiro Bejarano Guzmán, quien solicitó que se evaluara un presunto incumplimiento de una medida cautelar que ordenaba al jefe de Estado rectificar declaraciones relacionadas con supuestos fraudes electorales y abstenerse de reiterarlas sin sustento probatorio suficiente.
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Tribunal se declara sin competencia por fuero presidencial
El alto tribunal administrativo determinó que cualquier actuación sancionatoria contra el presidente debe ser conocida exclusivamente por el Congreso de la República, en el marco del antejuicio político.
En esa línea, señaló que no puede tramitar incidentes de desacato dentro de acciones populares cuando el implicado es el jefe de Estado, debido al régimen constitucional de fuero presidencial.
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Con base en ese argumento, ordenó trasladar el expediente a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, instancia encargada de estudiar denuncias contra el presidente de la República.
La providencia se apoya en la jurisprudencia reciente de la Corte Constitucional, en particular la sentencia SU-275 de 2025, que reafirma que el fuero presidencial no es un privilegio personal, sino una garantía institucional orientada a preservar la separación de poderes.
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Según el Tribunal, este principio implica que incluso actuaciones de carácter sancionatorio o disciplinario deben canalizarse por el Congreso cuando involucran al Ejecutivo.
Origen del caso: una medida cautelar previa
El proceso se deriva de una medida cautelar dictada el 10 de abril de 2026 por el mismo Tribunal Administrativo de Cundinamarca dentro de una acción popular.
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En esa decisión se ordenó al presidente rectificar públicamente afirmaciones sobre supuestos fraudes electorales en los comicios de 2014, 2022 y 2026, así como abstenerse de repetirlas sin respaldo verificable.
La orden establecía que las rectificaciones debían realizarse en los mismos canales en los que fueron difundidas, incluyendo la red social X, y dentro de un plazo determinado.
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Además, exigía que cualquier pronunciamiento futuro sobre el proceso electoral se realizara con base en información verificable y por vías institucionales.
Según el solicitante, el presidente habría incumplido esa decisión judicial mediante publicaciones realizadas a finales de mayo de 2026, en las que volvió a cuestionar el sistema electoral sin aportar pruebas concluyentes.
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Argumentos del demandante y alcance del fuero
Bejarano argumentó que esas declaraciones constituirían un presunto desacato a una orden judicial vigente, lo que justificaría la apertura de un incidente sancionatorio.
Sin embargo, el Tribunal concluyó que no puede adelantar ese tipo de análisis sobre la conducta del jefe de Estado, ya que la Constitución reserva ese control al Congreso.
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En ese sentido, el fallo reiteró que el fuero presidencial cobija no solo procesos penales, sino también cualquier actuación de carácter sancionatorio que pueda afectar el ejercicio del cargo.
Por ello, la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes —adscrita al Congreso— es la única instancia competente para evaluar este tipo de denuncias.
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Las denuncias del presidente Petro sobre el proceso electoral

Gustavo Petro volvió a plantear cuestionamientos al sistema electoral colombiano a través de la red social X, insistió en la existencia de posibles irregularidades en el conteo de votos y afirmó que cuenta con información que respalda sus denuncias.
Entre sus señalamientos, aseguró que el sistema de preconteo registra 5.300 mesas con más de 300 votos en una sola jornada, algunas con hasta 700 sufragios, y que allí se concentraría parte de la ventaja de 635.000 votos obtenida por Abelardo de la Espriella frente a Iván Cepeda en los resultados preliminares.
El mandatario también cuestionó la transparencia del software electoral administrado por la Registraduría Nacional, señalando supuestas modificaciones en el sistema y variaciones en el censo electoral, así como cambios en puestos de votación y número de mesas.
Según sus afirmaciones, el censo habría aumentado en más de 800.000 ciudadanos habilitados, lo que, a su juicio, debería ser objeto de verificación. Además, sostuvo que el sistema habría sido modificado en fechas previas a la elección.
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