
Una persona señalada por acoso sexual solicitó que un medio digital eliminara sus datos personales de una publicación realizada por Infobae Colombia, pero la Superintendencia de Industria y Comercio negó el pedido y reafirmó que la libertad de prensa prima sobre la protección de datos personales en contenidos periodísticos, de acuerdo con lo informado por la propia entidad.
Esta decisión consolida la exclusión de los artículos periodísticos del ámbito de la Ley 1581 de 2012 y advierte sobre los riesgos de usar el habeas data como mecanismo para restringir la información de interés público.
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La decisión de la SIC responde a la petición de una persona acusada de acoso sexual, que había solicitado la supresión de datos personales como su universidad y lugar de trabajo de una publicación realizada por Infobae Colombia S.A.S..
“La Dirección de Habeas Data de la Delegatura para la Protección de Datos Personales de la SIC negó la solicitud de supresión de datos personales presentada por un titular, quien solicitó que se eliminaran sus datos personales publicados en una nota de prensa en el portal web de la sociedad INFOBAE COLOMBIA S.A.S”, se observa en el comunicado de la SIC.
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Según expresó la SIC, aceptar esa solicitud implicaría que los medios de comunicación no podrían mencionar información identificable sobre cualquier persona sin su consentimiento, lo cual resultaría en una restricción directa sobre el ejercicio periodístico.

La entidad declaró oficialmente: “Los medios de comunicación están sometidos a altos estándares de veracidad, derivados de las garantías de los derechos al buen nombre, la intimidad y a la información, y de los mandatos propios de la ética periodística. Sin embargo, no están sometidos, al menos en sus publicaciones y demás contenidos editoriales, a las normas y procedimientos relacionados con el tratamiento de datos personales”. La atribución de este posicionamiento fue detallada en el comunicado expedido por la propia SIC.
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La Dirección de Habeas Data, dependencia de la Delegatura para la Protección de Datos Personales de la Superintendencia de Industria y Comercio, fue la encargada de estudiar el caso y resolver la solicitud.
La persona que reclamaba la supresión alegó que la publicación incluía acusaciones relacionadas con conductas de acoso contra mujeres “sin sustento probatorio” e incluía datos personales sensibles, como su institución académica y lugar laboral, sin su autorización.
Sin embargo, la Dirección de Habeas Data reiteró que las bases de datos o archivos de información periodística y otros contenidos editoriales se encuentran exceptuados del ámbito de la Ley 1581 de 2012 sobre la protección de datos personales. Por ello, ordenó el archivo de la actuación administrativa y negó la eliminación de la información por parte de Infobae Colombia S.A.S.
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La libertad de prensa, exenta de la Ley de Protección de Datos

La autoridad nacional en materia de protección de datos insistió en que el régimen legal de habeas data no puede aplicarse para limitar la actividad informativa ni como vía para restringir denuncias públicas.
“La Superintendencia de Industria y Comercio reafirma que las publicaciones periodísticas no están sometidas a la legislación sobre protección de datos personales”, sostuvo la institución en su resolución.
La dependencia enfatizó además: “Exigir que toda persona que es mencionada en una noticia otorgue su autorización para el tratamiento de datos personales derrotaría el ejercicio periodístico. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, reprueba el uso indebido del derecho al habeas data como un mecanismo de silenciamiento de las voces de denuncia”.
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De acuerdo con lo resuelto por la Superintendencia de Industria y Comercio, cualquier intento de utilizar la normativa de protección de datos personales para eliminar información periodística no solo resulta improcedente en términos legales, sino que supone un riesgo para la libertad de expresión y de prensa en Colombia.
La decisión de la SIC impide que el habeas data funcione como instrumento de restricción frente a publicaciones de interés informativo, consolidando un precedente sobre los alcances de la libertad de prensa respecto a la protección de datos en contenidos editoriales.
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