
Una cadena de presuntas vulneraciones de derechos humanos estaría poniendo en riesgo la integridad de Andrea Esperanza Valdés, una mujer privada de la libertad que denunció ser víctima de violencia sexual mientras estaba bajo custodia en la Cárcel El Pedregal en Medellín.
El caso fue conocido en 2024 cuando la recluso denunció haber sido agredida sexualmente por dos guardias del Inpec que, en agosto de 2025, fueron enviados a prisión. Como consecuencia directa de esta agresión, quedó embarazada y, posteriormente, trasladada a la Cárcel de Mujeres El Buen Pastor de Bogotá tras señalar amenazas e intiminadciones.
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Sin embargo, la mujer ahora enfrenta otro pleito legal, después de que fuera informada sobre la apertura de un proceso de restablecimiento de derechos hacia su hijo de nueve meses, según denunció la ONG Temblores.
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Según la información difundida por la ONG, uno de los motivos esgrimidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) y el Inpec para justificar la medida sería el supuesto “mal comportamiento” de Valdés en prisión.
La organización advierte que no existe documentación clara ni pruebas suficientes que respalden esta acusación, lo que genera dudas sobre la validez del proceso y sobre las verdaderas razones para separar a la madre de su hijo.
Valdés también denunció haber sido objeto de estigmatización dentro del penal. Funcionarios se habrían referido a su hijo como con apodos que estarían perpetuando discriminaciones en su contra tras el escándalo desatado en la capital de Antioquia.
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“En particular, ha señalado que funcionarios del establecimiento se han referido a su hijo como el “niño INPEC”, una expresión que traslada el peso de la violencia sufrida por la madre hacia el niño y refuerza dinámicas de discriminación dentro del entorno carcelario“, señaló Temblores en un comunicado.

Según la ONG, el caso de Andrea pone en evidencia una cadena de omisiones estatales. En primer lugar, el Estado no habría garantizado condiciones seguras de reclusión. En segundo lugar, la mujer fue víctima de hechos que atentaron contra su autonomía reproductiva y su integridad física. Finalmente, se evalúa una medida que podría separar a madre e hijo, en vez de priorizar mecanismos de apoyo para el ejercicio pleno de la maternidad.
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Según resaltó Temblores, las mujeres privadas de libertad tienen derecho a condiciones dignas de reclusión, a una vida libre de violencias y a ejercer la maternidad sin discriminación ni represalias.
La Cidh, en la Opinión Consultiva OC-31/25, reconoce la especial vulnerabilidad de estas mujeres y exige a los Estados implementar medidas progresivas que garanticen el derecho al cuidado.
Las Reglas Bangkok de Naciones Unidas también establecen que cualquier separación entre madre e hijo en prisión debe ser excepcional y que el Estado tiene la responsabilidad de proteger el vínculo familiar.

De acuerdo con la normativa vigente, los niños pueden permanecer con sus madres hasta los tres años en prisión bajo el acompañamiento del Icbf. El hijo de Valdés apenas tiene nueve meses, lo que hace aún más polémica la posibilidad de una separación anticipada.
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Llamado de atención sobre violencia institucional
Para la ONG Temblores, la situación de Andrea representa una forma de revictimización institucional. Señalan que, tras denunciar graves hechos de violencia bajo custodia estatal, ahora enfrenta una posible decisión que profundizaría su vulnerabilidad al apartarla de su hijo.
“No basta con evaluar el comportamiento de la madre. El Estado debe garantizar condiciones adecuadas para el ejercicio de la maternidad. Si esas condiciones no existen, la falla es institucional”, señaló Temblores.
La ONG solicitó que cualquier medida se tome considerando el contexto de violencia institucional que ha marcado la vida de Valdés y su hijo. “Este caso evidencia cómo, en contextos de privación de la libertad, las mujeres pueden enfrentar múltiples formas de violencia institucional, incluso después de haber denunciado hechos graves ocurridos bajo custodia del propio Estado”, advierte la ONG.
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