
La defensora del Pueblo, Iris Marín, obtuvo una victoria judicial luego de que la Fiscalía archivara la querella por injuria y calumnia que Armando Benedetti interpuso en su contra. El documento oficial señala que las afirmaciones de Marín estaban sustentadas en denuncias penales conocidas públicamente y en información difundida por medios de comunicación nacionales.
El archivo de la denuncia se produjo tras verificar que Benedetti sí figura como indiciado en una indagación penal vigente ante la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, relacionada con presuntos hechos de violencia intrafamiliar ocurridos en Madrid, España, cuando se desempeñaba como embajador ante la FAO.
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De acuerdo con el documento de archivo, “la querellada hizo alusión a las denuncias penales conocidas a través de los medios de comunicación en contra del señor Benedetti Villaneda (…) no hay falsedad en el dicho, los hechos denunciados resultan objetivamente atípicos”.
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El informe indica que la verificación se realizó a través del Sistema de Información SPOA, donde se constató que existe una indagación activa por el delito de violencia intrafamiliar en la que Benedetti figura como indiciado.
El documento reproduce el informe que dio lugar a la noticia criminal: “La presente noticia tiene su origen en el informe No. IP0009118156 (…) publicaciones hechas por algunos medios de comunicación en las que se involucra al Embajador de Colombia ante la Organización de Naciones Unidas para la alimentación y la Agricultura (FAO) Armando Benedetti Villaneda con hechos ocurridos en la ciudad de Madrid, España, presuntamente cometidos en contra de su esposa”.
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Remisión y competencia del proceso

El archivo explica que la queja inicial fue asignada a la Fiscalía 324 Delegada ante Jueces Penales Municipales de Bogotá, pero posteriormente fue remitida por competencia debido al fuero constitucional de la defensora del Pueblo. El 26 de agosto de 2025, mediante Resolución 0249, el vicefiscal general delegó la actuación en las Fiscalías ante la Corte Suprema de Justicia, donde finalmente se tramitó la indagación.
La Fiscalía señaló que la actuación se resolvió bajo los criterios del artículo 250 de la Constitución, que establece que solo procede la investigación penal cuando existan motivos suficientes sobre la posible existencia de un delito. En este caso, el despacho concluyó que las manifestaciones atribuidas a Marín no constituían una conducta típica y que no se acreditaba falsedad en la información citada, por lo que procedía el archivo.
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En consecuencia, la investigación por injuria y calumnia contra Iris Marín quedó cerrada, mientras que las indagaciones que involucran a Armando Benedetti por presunta violencia intrafamiliar continúan activas en la Fiscalía Tercera Delegada ante la Corte Suprema de Justicia.
La denuncia en España que dio origen al proceso judicial

El caso que dio origen a la indagación se relaciona con la denuncia presentada en España por Adelina Guerrero, esposa de Benedetti, tras un incidente reportado a la Policía de Madrid el 30 de junio de 2024.
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El proceso penal contempla dos escenarios: imputación o conciliación. Sin embargo, dado que Guerrero se retractó posteriormente de las acusaciones iniciales, la Fiscalía evalúa este elemento conforme a los lineamientos de la Corte Suprema de Justicia, que ha indicado que la retractación no implica necesariamente el cierre de una investigación.
En entrevista publicada el 22 de noviembre de 2025 por Semana, Guerrero negó categóricamente las versiones difundidas en medios españoles. “Armando nunca me agredió y nunca me amenazó con un cuchillo como dicen por ahí. Lo que sí hizo fue romper unos objetos personales”, dijo.
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La denuncia inicial, publicada en julio de 2024 por El País, señalaba que Guerrero habría informado a los agentes que Benedetti, bajo efectos del alcohol, la amenazó con un cuchillo y le cortó la ropa. La policía no procedió a la detención debido a la inmunidad diplomática.
Guerrero explicó que abandonó el lugar para calmar la situación, que la información divulgada no provino de ella y que los datos llegaron a la prensa a través de canales diplomáticos. Relató que la pareja estuvo separada entre cuatro y cinco meses y que Benedetti inició rehabilitación por consumo de alcohol y drogas. “Tiene mucho mérito. Lo admiro por el hombre que es hoy”, afirmó.
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Sobre el proceso disciplinario y penal en curso, Guerrero indicó que podría resolverse mediante imputación o conciliación, y defendió su autonomía frente a críticas públicas. “La mujer tiene derecho a la intimidad, a ser autónoma y a tomar sus decisiones. Si no encajas en el molde de las feministas, no les sirves”, expresó al medio citado.
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