En Colombia, la venta de motos eléctricas experimentó un notable descenso en el transcurso de 2023, comparado con las cifras registradas en 2022. Este cambio en el comportamiento del mercado de vehículos eléctricos de dos ruedas se ve reflejado en la venta de aproximadamente 207 unidades en lo que va de año, una cifra significativamente inferior a las 2.688 motos eléctricas vendidas durante todo el año anterior.
Este fenómeno resalta la fluctuante adopción de medios de transporte ecoamigables en el país, pese a sus reconocidos beneficios ambientales.
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La regulación vigente en Colombia, establecida por la resolución 160 de 2017, categoriza a las bicicletas eléctricas y ciclomotores dentro de la legislación de tránsito, definiendo criterios específicos que estos vehículos deben cumplir para ser considerados como tales.
Según esta normativa, cualquier vehículo de dos ruedas que exceda los 35 kilogramos de peso, posea una potencia mayor de 350 W y alcance velocidades superiores a 25 kilómetros por hora, será clasificado bajo esta categoría.
Esta regulación tiene como fin establecer un marco clarificador respecto al uso y requisitos de circulación de estos transportes alternativos, velando por la seguridad en las vías y la correcta integración de estas tecnologías en el ecosistema urbano.
La organización Andemos, encargada de monitorear el desempeño del sector automotriz en el país, ha sido una fuente clave para entender la evolución del mercado de las motos eléctricas en el territorio nacional.
Aunque la disminución en las ventas pudo deberse a diversos factores, no se especificaron las causas exactas de este declive. Sin embargo, la presencia de una normativa específica para el manejo de estos vehículos sugiere un esfuerzo por parte de las autoridades colombianas para promover su uso responsable y seguro, así como fomentar la movilidad sostenible como una alternativa válida frente a los medios de transporte convencionales.
La transformación hacia un parque vehicular más verde es un desafío que requiere no solo de la adecuación legislativa, también de la adaptación cultural y la aceptación social de nuevas formas de movilidad. En este sentido, la experiencia colombiana ofrece insights valiosos sobre cómo los marcos regulatorios y la dinámica de mercado influencian la adopción de tecnologías limpias en Latinoamérica.
Estos son los requisitos que debe cumplir para circular en moto eléctrica
De acuerdo con la Resolución 160 del Ministerio de Transporte, las motos eléctricas deben cumplir los siguientes parámetros para circular por el país.
- Matrícula.
- Soat.
- Licencia de conducción tipo A1 o A2.
- No pueden circular por las ciclorrutas.
No todas las motos eléctricas necesitan matrícula, puesto que varía dependiendo del año de compra del vehículo y el momento en que la resolución 160 entro en vigor.
Estas son las motos eléctricas que no requieren matrícula:
- Aquellas motos que fueron importadas antes del 2 de febrero del 2017.
- Aquellas motos que fueron comercializadas antes de la misma fecha.
- Aquellas motos que fueron vendidas entre el 23 de agosto del 2018 y el 23 de abril de 2020 (fechas en las que la resolución 160 fue pausada).
Diferencia entre las motos eléctricas y bicicletas eléctricas
En comparación de las motos eléctricas, las bicicletas de este tipo no requieren licencia ni otros documentos, siempre y cuando no superen la velocidad establecida (25 kilómetros). Así mismo, las motos eléctricas no deben circular por la ciclorruta, de lo contrario, el infractor será sancionado y tendrá que pagar una multa.
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