Con cuántos comparendos le pueden quitar la licencia de conducción

Según el Código Nacional de Tránsito Terrestre, reincidir en conductas contrarias al mismo ocasiona la suspensión, por seis meses, mínimo, del pase, que puede duplicarse

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El Código Nacional de Tránsito Terrestre determina con cuántas infracciones de tránsito se suspenderá la licencia de conducción - crédito Ministerio de Transporte
El Código Nacional de Tránsito Terrestre determina con cuántas infracciones de tránsito se suspenderá la licencia de conducción - crédito Ministerio de Transporte

Los comparendos son un dolor de cabeza para los conductores, que, además de significar un gasto adicional, si reincide, además de tener que meterse la mano al bolsillo, que se adelgazará más y más, también le podría costar la licencia de conducción, pues, por reincidir en faltas al Código Nacional de Tránsito Terrestre, ocasiona la suspensión del pase.

Pero no solo la suspensión, pues si lo pillan conduciendo con la licencia suspendida le será cancelada, a lo que hay que sumarle un fraude a resolución judicial, que según el Código Penal podía tener una sanción en prisión de uno a cuatro años, además de una multa que oscila entre los cinco y cincuenta salarios mínimos legales vigentes.

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Hechas estas advertencias, que no sobran, entremos en materia. ¿Con cuántas infracciones le pueden suspender la licencia de conducción? El Código Nacional de Tránsito Terrestre, en su artículo 124 y el parágrafo que le sigue, es claro, si comete dos faltas a la norma, en seis meses, se le suspenderá el pase por seis meses; la norma va más allá y advierte que si comete una tercera infracción la suspensión se duplicará, por lo que no podrá conducir ningún automotor durante un año.

ARTÍCULO 124. REINCIDENCIA. En caso de reincidencia se suspenderá la licencia de conducción por un término de seis meses, en caso de una nueva reincidencia se doblará la sanción. PARÁGRAFO. Se considera reincidencia el haber cometido más de una falta a las normas de tránsito en un periodo de seis meses”, se lee en el Código Nacional de Tránsito Terrestre.

¿Por qué otras razones le pueden suspender la licencia de tránsito?

El código también contempla las siguientes conductas contrarias a la norma que, de suyo, implican la suspensión del pase:

  • Conducir bajo el efecto de bebidas alcohólicas o de alucinógenos. En el caso de conducir en estado de embriaguez, la suspensión, o cancelación, depende del grado de beodez y la reincidencia en la conducta punible.
  • Determinación judicial.
  • Decisión de las autoridades sustentada en la imposibilidad transitoria, física o mental para conducir, sustentada con un certificado médico.
  • Disposición de las autoridades de tránsito, basada en imposibilidad transitoria, física o mental, para conducir, soportado en un certificado médico.
  • Prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido de la autoridad respectiva.

Razones para cancelar la licencia de conducción

De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito Terrestre, las razones para cancelar el pase son:

  • Decisión judicial.
  • Muerte del titular.
  • Reincidencia al encontrarse conduciendo en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente.
  • Reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.

Así quedaron las multas de tránsito en 2024

El Código Nacional de Tránsito Terrestre establece seis categorías de infracciones, cada una con una sanción monetaria distinta. A continuación, cómo quedaron las multas en 2024, que se calcula de acuerdo a la Unidad de Valor Básico (UVB), que quedó 10.951 pesos para 2024, según la resolución 3268 del 18 de diciembre de 2023.

  • Categoría A: cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes, equivalentes a $173.733.
  • Categoría B: ocho salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, $346.667.
  • Categoría C: 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, correspondiente a $650.000.
  • Categoría D: 30 salarios mínimos legales diarios vigentes, equivalentes a $1′300.000.
  • Categoría E: 45 salarios mínimos legales diarios vigentes, correspondiendo a $1′950.000.

Así puede consultar si tiene infracciones de tránsito

Las multas se pueden consultar, en Bogotá, en la página de la Secretaría de Movilidad - crédito @TransitoBta/X
Las multas se pueden consultar, en Bogotá, en la página de la Secretaría de Movilidad - crédito @TransitoBta/X

En Bogotá, se puede saber cuántas multas se tienen ingresando en la página web de la Secretaría de Movilidad. A continuación, cómo hacer para consultar:

  • Ingresar a la página de la Secretaría de Movilidad, en el botón “Consulte aquí comparendos, acuerdos de pago, embargos y prescripciones”.
  • Introducir la placa del vehículo o el número de cédula.
  • Digitar el código de seguridad que se muestra en la imagen y hacer clic en “Buscar”. La información sobre las obligaciones pendientes se mostrará posteriormente.
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