
La Corte Constitucional ordenó la libertad inmediata del exgobernador de La Guajira Jorge Eduardo Pérez Bernier, al considerar que durante el proceso judicial fueron vulnerados sus derechos fundamentales a la libertad personal y al debido proceso. La decisión dejó sin efecto la orden de captura inmediata que había sido emitida como parte de la sentencia condenatoria proferida por la Corte Suprema de Justicia.
El fallo revocó la decisión emitida el 23 de julio de 2025 por la Sala de Casación Laboral de ese alto tribunal, que a su vez, había confirmado un pronunciamiento anterior de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural. En su lugar, la Corte Constitucional concedió el amparo exclusivamente frente a la orden de privación inmediata de la libertad del exmandatario departamental.
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La providencia también dejó sin efectos el resolutivo cuarto de la sentencia emitida el 9 de abril de 2025 por la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, únicamente en lo relacionado con la captura inmediata de Pérez Bernier.
El alto tribunal también ordenó a la Sala Especial de Primera Instancia emitir, en un plazo máximo de 48 horas, una nueva decisión debidamente motivada sobre la necesidad de mantener privado de la libertad al exgobernador antes de que la sentencia condenatoria quede en firme.
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Además, dispuso que la libertad del exgobernador deberá hacerse efectiva una vez sea notificada formalmente la decisión, siempre y cuando no exista otra orden judicial vigente en su contra.
Pérez Bernier fue capturado el 10 de abril de 2025 luego de ser condenado por contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación agravado - crédito X
Jorge Pérez Bernier fue capturado el 10 de abril de 2025 luego de que la Corte Suprema de Justicia lo condenara a 22 años de prisión por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación agravado a favor de terceros.
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La condena estuvo relacionada con el contrato 770 de 2009, suscrito durante su administración entre la Gobernación de La Guajira y la Unión Temporal del Norte para ejecutar obras de infraestructura educativa en distintos municipios del departamento.
Según la decisión de la Corte Suprema, el contrato fue adjudicado en medio de irregularidades relacionadas con la ausencia de estudios técnicos, de viabilidad y de planeación. El alto tribunal concluyó además que existió direccionamiento del proceso contractual para favorecer al contratista seleccionado.
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La investigación judicial también estableció un presunto detrimento patrimonial superior a los 24.000 millones de pesos. De acuerdo con las conclusiones del proceso, se identificaron sobrecostos, facturación de materiales que no habrían sido utilizados y obras inconclusas o ejecutadas de manera deficiente.

Además, se comprobó que los mecanismos de control de la Gobernación fueron completamente ineficaces o inexistentes, permitiendo que el contratista actuara como un simple intermediario sin cumplir con estándares mínimos de calidad o transparencia.
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Pese a la contundencia de las pruebas en su contra, Jorge Pérez Bernier insiste en su inocencia y asegura confiar en un desenlace justo: “Dios es justo. No actué en contra de la ley, fui serio, participativo y honesto. El pueblo de La Guajira sabe que lo único que hice fue trabajar con amor por esta tierra”, concluyó antes de ser puesto bajo custodia
Tras la orden de libertad inmedianta, la Corte Constitucional aclaró que la libertad inmediata de Pérez Bernier no implica la anulación de la condena ni una absolución dentro del proceso penal.
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En la misma providencia, la Corte exhortó a las salas de tutela de la Corte Suprema de Justicia a unificar criterios jurisprudenciales relacionados con la procedencia de acciones de tutela en casos similares. El alto tribunal señaló que esa unificación deberá realizarse conforme a los lineamientos establecidos tanto en la sentencia SU-220 de 2024 como en esta nueva decisión judicial.
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