Personal no vacunado contra Covid-19 sí podría asistir a trabajar

Sin embargo, el fallo de la Corte Superior solo se aplica a un caso específico y ordena a la demandante a presentar una prueba molecular con resultado negativo cada 10 días.

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La Corte Superior indicó que el Decreto Supremo 016-2022-PCM es inconstitucional. (Agencia Andina)
La Corte Superior indicó que el Decreto Supremo 016-2022-PCM es inconstitucional. (Agencia Andina)

Exigir estar vacunado contra la Covid-19 para laborar en el Perú vulnera el derecho al trabajo, así lo dispuso el juez John Javier Paredes Salas del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, quien aprobó la acción de amparo, y declaró inaplicables el Decreto Supremo 016-2022-PCM y otras normas que impedían a una trabajadora laborar por no tener su esquema completo de vacunación.

Cabe indicar que la legislación vigente establece que “toda persona que realice actividad laboral presencial debe acreditar su esquema completo de vacunación contra la Covid-19, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero”.

Pero la sentencia del juzgado de Corte Superior señala que tal disipación afecta el derecho al trabajo, no ofrece alternativas “razonables”, y no debería aplicarse.

El fallo determina que la demandante deberá presentar una prueba molecular con resultado negativo cada 10 días. (Andina)
El fallo determina que la demandante deberá presentar una prueba molecular con resultado negativo cada 10 días. (Andina)

Con prueba Covid-19

Sin embargo, en el caso específico, el fallo indica que la trabajadora que realizó la demanda (Sonia Estela Vasquez Galvez) “deberá de presentar ante (el lugar) donde trabaja, por cuenta propia, cada 10 días, una prueba molecular con resultado negativo al Covid-19, o una de similar resultado, además de cumplir con los protocolos que ha dado la Autoridad de Salud, como el uso de mascarilla obligatorio dentro de su centro laboral”

Brian Ávalos, socio del estudio Payet indicó al diario Gestión que esta sentencia solo se aplica al caso específico, pero que “podría generar un precedente que utilizará como argumento para todo este tipo de casos”.

Trastornos mentales

Por otro lado, este viernes, el Hospital III de Emergencias Grau del Seguro Social de Salud (EsSalud) advirtió que hubo un incremento de trastornos mentales durante la pandemia por la Covid-19, tanto en la población urbana como rural.

Al respecto, el doctor Carlos Vera Escamarone, médico psiquiatra del mencionado nosocomio, mencionó que, durante la cuarta ola, los hombres entre los 15 y 18 años están presentando trastornos mentales como pánico y depresión.

En el caso de la población femenina, entre los 25 y 40 años, se detectaron cuadros de ansiedad.

El especialista indicó que, durante los tres años de pandemia, el Hospital de Emergencias Grau de EsSalud realizó más de 120,000 atenciones en psiquiatría.

Este incremento de enfermedades mentales se debe, principalmente, al confinamiento, distanciamiento social y el temor al contagio.

En las primeras olas de, las mujeres eran las que más accedían a los servicios de salud mental. Los hombres postergaban sus citas. Sin embargo, en la cuarta ola, hay un alto porcentaje de hombre que padecen de trastornos de pánico.

Mayores con tres dosis

En tanto, el Ministerio de Salud (Minsa) informó que el 80% de la población mayor de 60 años ya cuenta con la tercera dosis de la vacuna contra el Covid-19.

Según el Repositorio Único Nacional de Información en Salud (Reunis) del Minsa, hasta las 12:00 horas del jueves 18 de agosto, cerca de 21 millones de personas ya recibieron su tercera dosis de refuerzo, lo que representa el 70.3 % de la población en general.

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