
Siete empresas inmobiliarias y sus gerentes fueron sancionados con una multa total de S/586 millones 915 mil debido a incumplimientos con sus usuarios, de acuerdo con información brindada por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Cabe precisar que las compañías no ejecutaron las acciones correspondientes para poder culminar la construcción de los proyectos inmobiliarios que ofrecieron, lo cual significa una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Según el artículo 19 del citado código, los proveedores son responsables por la calidad e idoneidad de los productos y servicios que ofrecen.
Asimismo, los gerentes de las inmobiliarias también fueron sancionados, ya que el código indica que aquellas personas que administren o representen al proveedor son “responsables solidarios en cuanto participen con dolo o culpa inexcusable en el planeamiento, realización o ejecución de la infracción administrativa”.
Inmobiliarias sancionadas
El organismo público destacó que las compañías sancionadas fueron ‘Promotora Ibiza S.A.C.’; ‘Desarrolladora Promotora Ibiza S.A.C.’; ‘Constructora e Inmobiliaria Rato S.A.C.’, ‘Promotora Costa Azul S.A.C.’, ‘Promotora Ocean View S.A.C.’; ‘Promotora Girasoles II S.A.C.’ y ‘Desarrolladora Inmobiliaria Girasoles II S.A.C.’
De este modo, los proyectos que no fueron terminados y por los que se empezó el procedimiento administrativo sancionador son:
- “Ibiza”, ubicado en Calle Echenique Sublote 45 E Urbanización Miramar San Miguel.
- “Costa Azul”, ubicado en Sub-Lote B Parcela 3 Zona Norte, Ciudad Satélite, Ventanilla, Callao.
- “Ocean View” en el Jirón Leoncio Prado N°285 Urbanización Miramar, San Miguel, Lima.
- “Girasoles II” en la Calle Los Nísperos N°215 del Fundo Vicentelo Alto, El Agustino.
Por otro lado, en el caso de las inmobiliarias ‘Promotora Ibiza S.A.C.’ y ‘Desarrolladora Promotora Ibiza S.A.C.’, se aplicó una multa total de S/95 mil 404 (20.74 UIT) y a sus representantes se les sancionó con S/46 mil (10 UIT).
Respecto a las empresas ‘Constructora e Inmobiliaria Rato S.A.C.’, ‘Promotora Ocean View S.A.C.’, ‘Promotora Costa Azul S.A.C.’, ‘Promotora Girasoles S.A.C.’ y ‘Desarrolladora Inmobiliaria Girasoles II S.A.C., la multa fue de S/376 mil 510 (81.85 UIT). Además, sus gerentes recibieron una sanción de S/46 mil (10 UIT).
Cabe mencionar que estas empresas aún se encuentran dentro del plazo legal para presentar un recurso de apelación ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.
Indecopi a favor de clientes
El Indecopi precisó el último 16 de agosto que los proveedores atenderán los reclamos y quejas de los clientes en 15 días hábiles, tal como lo indica la modificación del Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor establecida en el Decreto Supremo N°101-2022-PCM.

Además, el documento fue elaborado por el Indecopi con el objetivo de detallar las modificaciones incorporadas en el Código a través de la Ley N°31435 y agilizar la atención de quejas y reclamos de los consumidores de todo el Perú.
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