
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que el 9 de septiembre será la fecha límite para que los partidos políticos presenten la primera entrega de información sobre los aportes e ingresos recibidos. Además, los gastos realizados en las campañas en el marco de las elecciones regionales y municipales de 2022.
La Resolución Gerencial 403-2022-GSFP/ONPE, publicada el día 14 de julio, estableció que se deberá presentar los gastos correspondientes al 4 de enero hasta el 2 de septiembre del 2022.
“Fijar El 09 de septiembre de 2022, como fecha límite para que las organizaciones políticas, las alianzas electorales, los candidatos o sus responsables de campaña, según correspondan, presenten la primera entrega de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, correspondiente al periodo comprendido desde el 04 de enero de 2022 hasta el 02 de septiembre de 2022″, se lee en la Resolución Gerencial.
Esta norma precisa que la entrega de la documentación financiera se podrá realizar a través del Portal Digital de Financiamiento (plataforma Claridad), acceso disponible desde la web de la ONPE. También, se presentará mediante las mesas de parte físicas de las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC), Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE), puntos pocales (PF) y la sede central de la ONPE.

¿QUIÉNES DEBEN ENTREGAR ESTA INFORMACIÓN?
La información debe ser entregada de manera obligatoria para los candidatos a gobernador, vicegobernador, alcalde gobernador, vicegobernador, alcalde provincial y distrital, consejero regional, como también los regidores provinciales y distritales.
MULTA
La no entrega de la información completa solicitada por la ONPE por parte de las organizaciones políticas constituye una falta muy grave. Esta puede ser sancionada con una multa no mayor ni menor de 31 ni mayor de 100 unidades impositivas tributarias (UIT) y la pérdida del financiamiento público directo, según el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.
En cambio, para los candidatos que no informen a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios dentro de los plazos son sancionados con una multa no menor de una ni mayor de 5 UIT, según la Ley 31504.
Esta multa se aplicará de acuerdo con el cargo de postulación, según el carácter nacional, regional, provincial o distrital de las elecciones.
SEGUIR LEYENDO
Más Noticias
Navidad en Perú: ¿cuántas calorías tiene una cena de Nochebuena?
El pavo, lechón, pollo, panetón y chocolate caliente son los infaltables en la mesa del 24 de diciembre. Sin embargo, comer en exceso podría ser perjudicial para la salud

Reniec: ¿cómo buscar DNI por nombres y apellidos gratis 2024?
Si has olvidado el número de tu documento nacional de identidad, no te preocupes. Solo necesitas proporcionar tu nombre completo para realizar la consulta de manera gratuita, segura y en línea.

¿Cómo vincular una cuenta de WhatsApp a mi celular?
Todo lo que debes de saber de WhatsApp y WhatsApp Web.

¿Cuál es la diferencia entre Google y Google Académico?
Accede y sube archivos en Google Académico. Además, conoce sus ventajas y desventajas.

¿Cómo escribir @?
El símbolo “@” ya existía en los teclados de las máquinas de escribir del siglo XIX. Conoce su significado y diversos usos.



