
Ya no hace falta una navaja o una pistola para ser víctima de una amenaza de muerte, un limpiaparabrisas es todo lo que necesitan un grupo de malhechores ubicados en la cuadra seis de la avenida Angamos en Surquillo. La más reciente víctima de estos malhechores que se hacen pasar por trabajadores informales, fue un conductor que se negó al servicio de limpieza de lunas mientras esperaba que la luz del semáforo cambie a verde.
“El sujeto pateó mi carro solo porque no quise que lo limpie. Encima llenó mi ventana de agua”, se oye decir al conductor en un video que circula por las redes sociales. Ahí se da cuenta de cómo el afectado sigue al hombre que acaba de dañar su vehículo. “¿Qué me dice? Te voy a matar, te vas a ir preso. Quiero que vean su cara”, agrega el conductor al mismo tiempo que el hombre que acusó de agredirlo, le lanza el líquido que utiliza para la limpieza de lunas.
No se trata del primer caso de este tipo, según las personas que circulan y trabajan por la zona. Un conductor aseguró que se trata de un grupo de extranjeros de nacionalidad venezolana que acostumbra reunirse por aquella parte de la avenida Angamos. “Puro malcriados son”, cuenta para luego señalar que al negárseles el servicio, pueden hasta romper el parabrisas. Según un reportaje de 24 horas, el hombre registrado en el video difundido sería extranjero.
Quienes también deben lidiar con este tipo de delincuentes son los cobradores de los vehículos de transporte público cuyo paradero se encuentra por la zona referida. Uno de ellos señaló que quienes limpian las lunas de los autos piden entre S/ 1,50 y S/ 2 por su servicio. “Tienes que darle porque si no te tiran piedra, te rajan el parabrisas, te rayan el carro o te escupen en la cara” cuenta el cobrador. Este incluso llegó a señalar que algunos de ellos roban los celulares de los pasajeros.
La presencia de las autoridades es requerida en la zona, pero al ser consultado, un agente de serenazgo, relató que se le ha pedido en reiteradas ocasiones a los malhechores que se retiren. “Siempre les decimos, siempre informamos que se retiren, que está prohibido. Se retiran, pero retornan. Es una constante”, dijo el trabajador municipal que prefirió no identificarse.
ESTADO DE EMERGENCIA
La inseguridad ciudadana es uno de los temas cuya atención es reclamada por la ciudadanía. Es así que las autoridades han dispuesto diversas medidas para combatirla; sin embargo, estas no han mostrado mayores cambios en el país. En el caso de Lima metropolitana y Callao, se puso en marcha el Estado de emergencia que se ha prorrogado hasta en dos oportunidades.
El Ejecutivo decidió volver a prorrogar esta medida, iniciada el 3 de febrero, por 45 días más a través del Decreto Supremo 045-2022-PCM, que estipula en empezará a regir desde el 4 de mayo de 2022. De esta manera, la población deberá respetar algunas medidas estipuladas en la Constitución Política del Perú.
Es decir, quedarán suspendidos algunos derechos, tal como lo estipulan los incisos 9, 11, 12 y 24 del artículo 2 de nuestra Carta Magna como el derecho a la libertad, inviolabilidad del domicilio, libertad de reunión, libertad de tránsito en el territorio nacional, entre otros. Sobre estos, es importante tener en cuenta la siguiente información.

DERECHOS QUE SE SUSPENDEN
Derecho a la libertad: los sujetos de derechos pueden realizar cualquier clase de actividad, lo cual involucra el ejercicio de los otros derechos fundamentales distintos a la libertad, mientras no vulneren con ella las normas que conforman el orden público, las buenas costumbres y las que tengan carácter imperativo.
Inviolabilidad de domicilio: Los sujetos derechos pueden impedir que cualquier otra persona ingrese a su domicilio para efectuar investigaciones, registros u otros motivos en caso no lo autoricen o cuando los terceros no cuenten con un mandato judicial. No lo podrán impedir, sin embargo, en caso de flagrante delito o muy grave peligro de su perpetración.
Libertad de reunión: Los sujetos de derechos pueden agruparse, congregarse o reunirse, sin aviso previo, tanto en lugares privados como abiertos al público siempre y cuando lo hagan de manera pacífica. Por el contrario, las reuniones en plazas o vías públicas requieren de aviso anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o sanidad pública.
Libertad de tránsito en el territorio nacional: Los sujetos de derechos, en principio, pueden desplazarse libremente, dentro del territorio nacional en el que tienen su domicilio y también fuera de este, lo que involucra poder elegir dónde vivir. Salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería.
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