
La Comisión de Constitución del Congreso aprobó por mayoría la reforma constitucional que elimina el voto de confianza luego de la presentación de un nuevo Consejo de Ministros.
La iniciativa legislativa, que fue aprobada con 11 votos a favor y cinco en contra, será elevada al Pleno del Congreso para su debate.
Se trata de un dictamen recaído en los proyectos de ley 206/2021-CR, 306/2021-CR y 612/2021-CR, Ley de reforma constitucional que elimina el voto de confianza luego de la presentación de un nuevo Consejo de Ministros.
La norma modifica el artículo 130 de la Constitución Política a fin de que, luego de la exposición de la política general del gobierno, el presidente del Consejo de Ministros no se vea obligado a plantear la cuestión de confianza y, en consecuencia, el Congreso tampoco tenga la opción de aprobarla o no.
Previamente, la Comisión de Constitución recibió al presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas, quien se pronunció en contra de dos proyectos de ley que plantean cambios a la norma electoral en lo referido a los padrones de afiliados de los partidos políticos.
Previamente, la Comisión de Constitución recibió al presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Luis Salas Arenas, quien se pronunció en contra de dos proyectos de ley que plantean cambios a la norma electoral en lo referido a los padrones de afiliados de los partidos políticos.
Por su parte, el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Piero Corvetto, y la titular del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec), Carmen Velarde, consideraron que de aprobarse dichas iniciativas, se podría poner en riesgo el cronograma electoral.
Durante la sustentación del proyecto de reforma constitucional, Patricia Juárez explicó que esto mantendrá las relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Congreso, ya que tal y como indica el predictamen, se busca que el Gobierno “pueda tener la libertad y seguridad de que el gabinete que decida conformar podrá presentarse al Congreso para explicar y debatir su política de gobierno y las medidas que requieren su gestión, con la certeza de que al terminar su exposición, podrá iniciar la ejecución de sus planes de gobierno”.
“Hemos tomado en consideración la preocupación de otros congresistas que propusieron una redacción más precisa para que no se entienda que puede ser planteada una cuestión de confianza facultativa al término de la exposición de la política de Gobierno”, indicó Juárez.
Es importante resaltar que la reforma constitucional indique lo siguiente:
“Dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Esta exposición no da lugar a voto de confianza alguno”.
¿QUÉ ES VOTO DE CONFIANZA?
Es un respaldo al presidente del Consejo de Ministros por parte de los parlamentarios que debe darse dentro de los 30 días posteriores a la asunción del cargo. Así lo consigna el artículo 130 de la Constitución Política del Perú.
Según la Constitución, el voto de confianza se otorga cuando el 50% más uno de los congresistas presentes en el pleno vota a favor. Si no se alcanzan los votos, el primer ministro renuncia y el gabinete debe reconstituirse.
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