Chile promulgó una nueva Ley que consagra derechos de personas con trastorno del espectro autista

La normativa busca asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y resguardo de la inclusión social así como eliminar cualquier forma de discriminación y promover un abordaje integral en los ámbitos social, de la salud y educación

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Chile promulgó ley que consagra derechos de persona con espectro autista
El Presidente de Chile, Gabriel Boric, junto a los ministros de Desarrollo Social (Giorgio Jackson), Salud (Ximena Aguilera) y Educación (Marco Antonio Ávila)

Durante la jornada del jueves, el Presidente de Chile, Gabriel Boric, junto a los ministros de Desarrollo Social (Giorgio Jackson), Salud (Ximena Aguilera) y Educación (Marco Antonio Ávila), promulgó la ley que promueve la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista (TEA) en el ámbito social, de salud y de educación.

Despachada desde el Congreso chileno el pasado 20 de enero, la también conocida como “ley TEA”, tiene el propósito de asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y resguardo de la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes y adultos con el trastorno, junto con eliminar cualquier forma de discriminación y promover un abordaje integral en los ámbitos social, de la salud y educación.

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Con respecto a ello, la norma especifica definiciones de conceptos como persona con Trastorno de Espectro Autista y establece los principios de trato digno, autonomía progresiva, perspectiva de género; intersectorialidad, participación, diálogo social, detección temprana, seguimiento continuo y neurodiversidad. Junto a esto, incorpora medidas en contra de la discriminación arbitraria.

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De esta manera, con una ceremonia en la Plaza de la Constitución, a un costado del palacio de La Moneda, donde también concurrieron las organizaciones sociales y parlamentarios que promovieron la iniciativa, el mandatario chileno reveló el avance en materia de inclusión integral y en reconocimiento del trabajo de cuidados que implica la ley. “Hoy día abrimos los brazos de la institucionalidad y decimos lo que siempre debió haber sido: bienvenidos, son parte, estamos orgullosos de ustedes”, afirmó.

Y aseguró que “vamos a trabajar para que esta ley no sea solamente papel, si no que se implemente en las escuelas, que la obligación de rendir cuenta todos los años respecto a los avances de esta ley venga cada año con buenas noticias, que no dependa de los sostenedores de cada colegio o de la capacidad económica”.

En este mismo punto, el jefe de Estado aseveró que “esto no está solamente en las escuelas, es toda la sociedad la que tiene que integrar en todos los espacios, es también un desafío para el mundo del trabajo, de la entretención, de la cultura. Estamos avanzando, es un primer paso importante que abre muchas puertas”.

Por otro lado, Chantal Garay, presidenta de la Federación Nacional de Autismo, manifestó que “numerosas familias viven en la segregación, la discriminación, la burla y la vulneración constante del sistema, de la sociedad y de los colegios, de los establecimeintos de salud y esperamos que con esta ley esto no vuelva a suceder”.

Por tanto, exhortó a que “las autoridades que se haga una rápida bajada a los servicios, que los ministerios trabajen en los protocolos lo antes posible, nuestra familia y comunidad autista comienza en marzo con el corazón en la mano por esa llamada que llega de que tu hijo o hija no quiere entrar a la sala de clases y que debes retirar porque no tienen las competencias y herramientas de contención”.

Principales contenidos de la ley

Chile promulgó ley que consagra derechos de persona con espectro autista
Imagen referencial de manifestante solicitando la ''Ley de Autismo'', promulgada durante la jornada del jueves 2 de marzo.

Establece definiciones de conceptos: por ejemplo, persona con TEA. Esta se entenderá como quienes presentan una diferencia o diversidad en el neurodesarrollo típico; el cual se manifiesta en dificultades significativas en la iniciación, reciprocidad y mantención de la interacción y comunicación social, al interactuar con los diferentes entornos. Así como, también en conductas o intereses restrictivos o repetitivos. En relación a esto, se reconoce, a su vez, la existencia de personas cuidadoras de quienes presentan TEA.

Se dispone nuevos principios a los que deberá sujetarse el cumplimiento de esta ley: trato digno, autonomía progresiva, perspectiva de género; intersectorialidad, participación y diálogo social; detección temprana y seguimiento continuo y neurodiversidad.

Contempla medidas en contra de la discriminación arbitraria: el Estado, también, adoptará las medidas necesarias para prevenir y sancionar la violencia, el abuso y la discriminación en contra de dichas personas.

Determina los deberes del Estado para asegurar el desarrollo personal, la vida independiente, autonomía e igualdad de oportunidades de las personas con TEA.

Asegura el pleno goce y ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad con el resto de la sociedad: en especial, en el ámbito de la inclusión social y educativa. Esto, con el objeto de disminuir y eliminar las barreras para el aprendizaje, la participación y la socialización.

En el ámbito de la salud, uno de los principales objetivos de la norma es lograr avanzar en el fomento de la detección temprana del TEA: sobre este tópico, el Ministerio de Salud de Chile (Minsal) desarrollará y promoverá el acceso a detección de señales de alerta de trastorno del espectro autista dentro de las prestaciones de salud de niños, niñas y adolescentes (NNA) incluidas en el Plan de Salud Familiar. Previa consulta al Ministerio de Educación, además, elaborará un protocolo en virtud del cual los establecimientos educacionales derivarán a NNA con sospecha de TEA para el proceso de diagnóstico.

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